Unión Fenosa y Gas Natural, condenadas por conducta abusiva
La sentencia de la Audiencia Provincial coruñesa de 30 de septiembre de 2021 revoca la dictada en primera instancia por el juzgado de lo Mercantil nº1 de A Coruña y estima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal.
El procedimiento tiene su origen en una demanda formulada también por la fiscalía en la que se ejercitaba una acción colectiva de cesación y protección de los consumidores contra las empresas “Unión Fenosa Distribución S.A” y “Gas Natural S.U.R SDG S.A”.
La demanda se fundamentaba en el incumplimiento reiterado de efectuar lecturas de consumo real de la electricidad y emitir facturas con consumos estimados sin informar de los motivos de estas prácticas que ahora el juzgado ha declarado abusivas.
La sentencia impone a las empresas demandadas la obligación de informar al Juzgado sobre las medidas adoptadas para “prevenir la reiteración en el futuro de las conductas litigiosas” y fija un plazo de 3 meses para su cumplimiento, imponiendo una multa coercitiva de 40.000 euros por cada día de retraso en el cumplimiento de la sentencia.
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