La okupación disminuye y ahora preocupan los impagos
Afectados y expertos reclaman una ley de vivienda que actúe sobre los alquileres que no se pagan
En los últimos tiempos son muchos los políticos e informes que advierten de un incremento en el número de okupaciones de viviendas, pasando por alto que la ocupación pura y dura, entendida como la intrusión ilegal en una propiedad, es uno de los delitos que menor repercusión tiene en nuestro país.
A pesar de que las mafias “existen”, tal y como reafirma el portavoz de la Plataforma de Afectados por la Ocupación, Ricardo Bravo, el impago de rentas es “la base de la problemática de la vivienda en España”, según aclara el letrado Joaquín Martínez Camacho.
Una problemática que explicaría por qué se habla de unas 700 propiedades okupadas en Galicia en el año 2022, según el informe de la Federación Galega de Empresas Inmobiliarias (Fegein), cuando, según los últimos datos del Ministerio del Interior, se contabilizaron un total de 189 okupaciones, lo que supone una disminución respecto a las 195 del 2021.
Otro factor que influye en la disparidad de las cifras viene dado por la dilatación de los plazos y los gastos asociados que conlleva el inicio de un proceso judicial de estas características. Esto conduce frecuentemente a una no denuncia por parte de los perjudicados o, por el contrario, a una instrucción cuyo transcurso puede alargarse “fácilmente dos años” hasta que hay resolución, incide Camacho.
Pero no es que la ley “se demore” en los plazos “ni los jueces”, sino que hay “una garantía jurídica” para ambas partes afectadas, detalla el experto. Unas garantías procesales que están presentes cuando hay de por medio un título, como es el caso de las usurpaciones en las que hay que acreditar la posesión de la propiedad, o un contrato, como se da en los impagos de rentas en pisos de alquiler, coloquialmente conocidos como “inquiokupaciones”.
En el primero de los hipotéticos, en el de la usurpación, los plazos pueden llegar a esquivarse si se opta por una tramitación por vía civil con el objetivo de que haya un desalojo exprés. Cabe destacar que, según recoge el INE, a nivel nacional a lo largo de la última década sí se ha producido un incremento significante en el número de usurpaciones que ha pasado de 1.669 en el año 2013 a 4.302 en 2021.
No obstante, para las “inquiokupaciones” no hay manera de acortar los plazos ni tampoco existen registros donde se cuantifiquen. Y lo que Camacho advierte que “nunca” ha de hacer un propietario es “tomarse la justicia por su propia mano”. Cita ejemplos tales como cambiar la cerradura, entrar en la vivienda sin permiso o cortar los suministros, lo que supondría indistintamente un delito de coacción. A esta coyuntura se suma la aplicación del Real Decreto 11/2020, a raíz de la crisis del Covid-19 y por el que se paralizan todas las causas judiciales referentes a la okupación de viviendas siempre que se manifieste una situación de vulnerabilidad económica. Una medida que continuará vigente, como expresa el propio documento, hasta junio de este año.
Finalmente, Ricardo Bravo pide una modificación legislativa que solucione el hecho de que “no hay vivienda social”, y con la que se pueda además “poner un límite” al impago.
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