Multas de 300 a 15.000 euros por las agresiones a sanitarios

La nueva Lei de Saúde recoge infracciones clasificadas en tres niveles, leves, graves y muy graves

Una médica caminando por un hospital gallego.
Una médica caminando por un hospital gallego.

La modificación de la Lei de Saúde de Galicia que promueve la Xunta con medidas contra las agresiones al personal de la sanidad recoge la potestad de la Administración de imponer multas que irán desde los 300 euros, para las infracciones más leves, hasta los 15.000 euros, para las más graves.

Además, la norma ampara tanto a trabajadores del Servizo Galego de Saúde (Sergas) -sanitarios y no sanitarios- como los de hospitales y clínicas privadas.

Así lo confirmó el conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, tras participar en reuniones con representantes del sector y de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado ayer, misma jornada en la que el texto del anteproyecto de ley ha salido publicado en el Portal de Transparencia.

La norma fue anunciada por la Xunta en febrero, pocas semanas después de una grave agresión que sufrió un enfermero en el Complexo Hospitalario Universitario da Coruña (Chuac) en febrero. Este episodio desató numerosas protestas del personal en la Comunidad.

Modificar la ley de 2008

La nueva ley supondrá otra modificación de la Lei de Saúde de 2008 para incluir, entre otros asuntos, un régimen sancionador. Así, el texto recoge un listado de infracciones clasificadas en tres niveles de gravedad (leves, graves y muy graves) con multas que van desde los 300 hasta los 15.000 euros, incluso aunque los hechos no sean considerados delito.

Serán infracciones leves las faltas de respeto e insultos a los trabajadores durante el ejercicio de sus funciones; las conductas “que alteren o perturben” el normal funcionamiento de los centros sanitarios; así como la “destrucción, menoscabo o deterioro” de las instalaciones y equipos “siempre que no afecten al normal desarrollo” de la actividad de las instalaciones.

Asimismo, serán consideradas graves la resistencia, amenazas, coacciones y represalias al personal del Sergas; la destrucción de las instalaciones “siempre que afecten al normal funcionamiento” del centro; y “cualquier otra forma de presión” ejercida contra los trabajadores. También serán graves las conductas tipificadas como infracción leve si se repite en un período de doce meses.

Finalmente, serán infracciones muy graves las agresiones físicas al personal y la reincidencia de las graves en un período de cinco años. Del mismo modo, la ley añade un apartado para obligar a los agresores a “reparar los daños y perjuicios ocasionados, así como a reponer las cosas a su estado anterior”. También se les podrá exigir que paguen la asistencia sanitaria que recibe la víctima. También contempla la posibilidad de cambiar el médico o el centro de salud que tiene asignado el paciente que cometa la infracción.

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