Ayudas de hasta 18.000 euros por persona para los afectados por los incendios
El Gobierno anunció su intención de ampliar la cuantía de las indemnizaciones en los próximos meses
El Consejo de Ministros dio luz verde ayer a la declaración de zonas afectadas por una emergencia para los territorios dañados por los incendios forestales y las inundaciones del pasado mes de junio. Una calificación que sirve para agilizar la respuesta mediante ayudas directas y exenciones fiscales.
Ayudas directas
Hasta la fecha, estas ayudas directas se rigen en base al Real Decreto 307/2005 y contemplan hasta 8.000 euros por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente. Además, recogen una cuantía máxima de 15.120 euros por la destrucción total de la vivienda habitual, que se queda en 10.320 euros si la vivienda ha sufrido daños en su estructura. En el caso de que la estructura no se haya visto afectada, el máximo fijado se queda en 5.160 euros. La destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual se compensaría con un límite de 2.580 euros para su reposición o reparación. Estas cuantías parecen escasas a simple vista, viendo la devastación que ha dejado la oleada de incendios. El Gobierno también cree que las cantidades son insuficientes ante las cada vez más frecuentes y agresivas catástrofes naturales, por lo que ayer mismo anunció una subida de estas ayudas económicas en los próximos meses, que tendrá carácter retroactivo. “Estamos trabajando en una actualización de las cuantías, para que las ayudas se adecúen razonablemente a los daños”, explicó Grande-Marlaska.
Exenciones
La Ley del Sistema Nacional de Protección Civil de 2015 también establece una serie de medidas fiscales para las zonas declaradas de emergencia, con el objetivo de aliviar la carga económica de los afectados. Entre estas se contempla la exención del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) para propiedades como viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, explotaciones agrarias y forestales, y locales de trabajo que hayan sido afectados. En el caso de industrias, establecimientos comerciales, turísticos y profesionales cuyos negocios hayan sufrido daños, se puede aplicar una reducción del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) correspondiente al ejercicio presupuestario afectado.
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