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TRIBUNALES AUSBANC
En un auto, la Sala Civil del Supremo no admite el recurso de casación interpuesto por Pineda contra dicha sentencia de noviembre de 2014, que declaraba la existencia de intromisión ilegítima en el derecho al honor de Rubén Sánchez por parte de Pineda.
La Audiencia Provincial de Sevilla condenaba al presidente de Ausbanc a eliminar de su perfil de Twitter los comentarios lesivos contra el portavoz de la organización de consumidores.
También le obligaba a la transcripción de la sentencia en un tuit usando una herramienta creada al efecto para aumentar el número de caracteres permitidos, publicándolo durante 30 días en el horario de mañana (de nueve a 14 horas) o tarde (de 17 a 22 horas).
En su demanda, Sánchez manifestaba que durante años Pineda había estado realizando reiteradamente "comentarios injuriosos" contra él y que, en concreto, desde el 19 agosto 2013 utilizaba su cuenta de Twitter "para hacer comentarios públicos" que tenían por objeto "minar la reputación del actor".
El portavoz de Facua aportaba documentación acreditativa de los comentarios publicados en las red social, en los que Pineda le calificaba de "imbécil", "empresario de postín corrupto" o "golfo".
Además, le acusaba de emitir "facturas falsas", de llevarse "la pasta de los desempleados andaluces ilegalmente" y de cobrar "dinero hurtado a desempleados" por un servicio facturado, pero no realizado y manifestaba que Sánchez acabaría "en la cárcel" donde "espiaría" sus culpas.
El auto del Supremo declara firme la resolución de la Audiencia Provincial de Sevilla, que condenaba también al presidente de Ausbank a abonar 4.000 euros a Sánchez.
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