La ley Celaá en 30 puntos

España

La Lomloe o ley Celaá, con la que el Gobierno quiere derogar la Lomce o ley Wert, ha superado este jueves su paso por el Congreso, al que solo deberá volver si en el Senado se produce algún cambio en el texto.

Publicado: 19 nov 2020 - 17:48

Poco le falta previsiblemente al proyecto de ley de Modificación de la Ley Orgánica de Educación para pasar a ser la octava norma educativa de la democracia.

A continuación se resume el contenido de la Lomloe a través de 30 puntos:

1- DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA: la educación pública constituye el eje vertebrador del sistema educativo.

2- CASTELLANO: deja de figurar como lengua vehicular de la enseñanza y como lengua oficial del Estado. Las administraciones garantizarán el derecho a recibir enseñanzas en castellano y en lenguas cooficiales para alcanzar un dominio pleno y equivalente.

3- LENGUAS PROPIAS: la asignatura de Lengua Cooficial y Literatura pasa a llamarse Lengua Propia y Literatura.

4- CURRÍCULO: los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas fijados por el Ministerio no supondrán más del 50 % de los horarios para las comunidades con lengua cooficial ni del 60 % para el resto.

5- RELIGIÓN: oferta obligatoria, elimina la obligación de cursar una materia alternativa y la nota no contará para procesos de acceso universitario o a becas.

6- CULTURA DE LAS RELIGIONES: en Primaria y Secundaria se podrá establecer la enseñanza no confesional de cultura de las religiones.

7- VALORES CÍVICOS Y ÉTICOS: se estudiará en Primaria y Secundaria, con especial atención al respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia y a la igualdad. En Secundaria se conocerá el papel social de los impuestos y la justicia fiscal.

8- EDUCACIÓN ESPECIAL: en diez años los centros ordinarios deberán tener recursos para atender alumnado con discapacidad. Las administraciones prestarán apoyo a los centros de Educación Especial para alumnos que requieren atención muy especializada.

10- CONCERTADOS: elimina la "demanda social" para abrir nuevos centros o aumentar plazas. No podrán percibir cuotas de las familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito ni imponer aportaciones a fundaciones o asociaciones.

11- SUELO PÚBLICO: incremento progresivo de puestos escolares en la red pública. Los municipios cooperarán en la obtención de los solares necesarios para construir centros públicos.

12- SEPARACIÓN DE ALUMNOS POR SEXO: los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos no separarán al alumnado por su género.

13- ADMISIÓN DE ALUMNOS: cuando no existan plazas suficientes, la admisión en un centro se regirá por los criterios prioritarios de hermanos matriculados, proximidad y renta. Después, se tendrá en cuenta el ser familia numerosa u otras circunstancias.

14- COMISIONES DE ADMISIÓN: cuando la demanda de plazas supere la oferta las comisiones de admisión velarán por la presencia equilibrada en centros con fondos públicos del alumnado con necesidad de apoyo educativo o desfavorecido.

15- PLAZAS EN INFANTIL: aumento de las plazas públicas 0-3 años. Promover la existencia de centros públicos que incorporen Infantil con otras etapas educativas.

16- REPETICIÓN DE CURSO: los alumnos pasarán de curso cuando el equipo docente lo considere y también con una o dos materias suspensas. Repetir será excepcional y el alumno solo podrá hacerlo dos veces como máximo a lo largo de Primaria y Secundaria.

17- HISTORIA DE LA DEMOCRACIA: los alumnos deberán adquirir un conocimiento profundo de la historia de la democracia en España. Deberá plantearse desde una perspectiva de género.

18- EDUCACIÓN AFECTIVO-SEXUAL: fomentar de manera transversal la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual, desde Primaria.

19- IGUALDAD DE GÉNERO: impulsar el incremento de alumnas en ciencias, tecnología, ingeniería, artes y matemáticas, y promoverán la presencia de alumnado masculino en estudios con notoria mayor matrícula de mujeres.

20- DEFENSA DEL PLANETA: fortalecer las capacidades afectivas del alumno en sus relaciones con el planeta.

21- CERTIFICACIÓN EN SECUNDARIA: los alumnos recibirán al concluir ESO una certificación oficial con los años cursados y el nivel de las competencias.

22- BACHILLERATO: se podrá hacer en tres años y también se contempla la posibilidad de que el equipo docente decida la obtención del título por el alumno que haya superado las materias salvo una.

23- EDUCACIÓN DE ADULTOS: podrán incorporarse a la educación de adultos los mayores de 16 años con contrato laboral o deportistas de alto rendimiento.

24- ALUMNOS SIN CUALIFICACIÓN: las Administraciones podrán organizar programas formativos para mayores de 17 años sin cualificación, para permitirles un título de Formación Profesional o certificación académica.

25- PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR: modificación y adaptación del currículo desde el tercer curso de Secundaria para el alumnado que lo requiera con el fin de que consiga el título de graduado en ESO.

26- DOCENTES: en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley, el Gobierno hará una propuesta normativa que regule la formación inicial y permanente, el acceso y el desarrollo a la profesional docente. Los docentes que muestren una manifiesta falta de condiciones para ocupar un puesto o una notoria falta de rendimiento podrán ser removidos de su puesto.

27- INSPECTORES: la fase de concurso valorará la trayectoria profesional del candidato y sus méritos, mientras que la fase de oposición será una valoración de capacidades y no una prueba.

28- DIGITALIZACIÓN: desarrollo de la competencia digital de los estudiantes en todas las etapas educativas.

29- ESCUELA RURAL: se garantiza un puesto gratuito en Primaria en el propio municipio del alumno que, en el caso de trasladarse a la zona escolar más próxima, será minimizando el desplazamiento.

30- PLAN ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA: Educación y comunidades definirán un plan de contingencia para que continúe la actividad educativa en situaciones como la crisis del coronavirus.

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