La Audiencia Nacional excarcela a Troitiño por su estado de salud

España

El juez concede al etarra el tercer grado por "razones humanitarias" ante la gravedad de su enfermedad

agencias

Publicado: 13 ene 2021 - 01:31

Antonio Troitiño Arranz, en la Audiencia Nacional en 2018.
Antonio Troitiño Arranz, en la Audiencia Nacional en 2018.

El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, concedió el tercer grado al histórico dirigente de ETA Antonio Troitiño por "razones humanitarias y dignidad personal" debido a la enfermedad de gravedad que padece. Según el auto, el juez ha tomado esta decisión de acuerdo al artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario que señala que "los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir y a su escasa peligrosidad".

El juez Castro aceptó la petición de Troitiño, que cuenta con el informe favorable de la Fiscalía, al considerar que el requisito sanitario exigible se cumple. El expediente cuenta con informes médicos valorados por el servicio forense dependiente del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de los Órganos con Jurisdicción estatal que concluyen que etarra tiene una enfermedad "grave e incurable, siendo solo posible la administración de cuidados paliativos".

No obstante, subraya que si se tiene en cuenta "el historial delictivo, individual, social y en definitiva la evolución positiva en el tratamiento reinsertador en el que el sujeto asume plenamente la gravedad de la actividad delictiva y sus consecuencias", no cabría flexibilizar el régimen penitenciario.

Aún así, subraya que la posibilidad de reincidencia delictiva es prácticamente nula. "La situación medica actual, las circunstancias que el tratamiento sea paliativo, el tiempo de cumplimiento de condena, la edad fisiológica del penado, así como el hecho de que la organización terrorista a la que pertenece se encuentra derrotada y ha declarado su final definitivo avalan la valoración de no reincidencia", concluye el juez.

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