El Tribunal de la UE mantiene la prohibición de pesca de fondo en 87 zonas
Mar
España y agrupaciones de pescadores gallegos y asturianos venían impugnando la restricción, que protege ecosistemas marinos frágiles del Atlántico Nororiental
La Unión Europea ha reforzado la conservación y explotación sostenible de los recursos marinos mediante la prohibición de la pesca con artes de fondo en zonas de aguas profundas del Atlántico Nororiental, donde se encuentran o podrían existir ecosistemas marinos vulnerables. España y varias entidades que representan a pescadores gallegos y asturianos presentaron recursos ante el Tribunal General contra esta designación, cuestionando tanto la metodología utilizada como el impacto en la actividad pesquera. Sin embargo, el Tribunal desestimó los recursos, respaldando la actuación de la Comisión Europea.
El tribunal destacó que la calificación de estas zonas se basa en la presencia confirmada o probable de especies protegidas y en las características de los ecosistemas, sin que sea necesario valorar los efectos de cada tipo de arte de pesca de manera individual. Además, consideró adecuada la metodología propuesta por el Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) para delimitar las áreas protegidas.
Asimismo, se confirmó que la prohibición no vulnera el principio de proporcionalidad ni las normas de la política pesquera común, pues solo afecta a las zonas designadas y excluye las áreas a profundidades menores o iguales a 400 metros. También se subrayó que no se ha demostrado que los artes de fondo fijos, como el palangre demersal, carezcan de efectos adversos sobre estos ecosistemas.
Con esta sentencia, el Tribunal General reafirma la importancia de proteger los hábitats marinos sensibles frente a prácticas pesqueras que podrían dañarlos, garantizando un equilibrio entre conservación y explotación sostenible.
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