Hacienda permitirá deducir en el IRPF la hipoteca cancelada con el dinero de la venta de la vivienda habitual

El Tribunal Económico-Administrativo Central unifica criterio y amplía el alcance de la deducción para inmuebles adquiridos antes de 2013

Una pareja firma la hipoteca de su nueva vivienda.
Una pareja firma la hipoteca de su nueva vivienda.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha dictado una resolución que cambia el criterio aplicado hasta ahora por Hacienda y permite aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual en el IRPF también sobre el importe destinado a cancelar la hipoteca con el dinero obtenido de la venta del propio inmueble, siempre que este haya sido la vivienda habitual del contribuyente.

La medida afecta únicamente a las viviendas adquiridas antes del 1 de enero de 2013, fecha en la que se eliminó la deducción, pero que aún se mantiene para quienes ya la aplicaban entonces. Según el TEAC, aunque el dinero empleado provenga de la venta, “su destino es el mismo —pagar la hipoteca de la vivienda habitual—, por lo que debe recibir el mismo trato fiscal que si se abonara con ahorros previos”.

Hasta ahora, la Agencia Tributaria solo admitía la deducción hasta el día anterior a la venta, de modo que si el contribuyente destinaba parte del precio obtenido a amortizar la hipoteca pendiente, esa cantidad quedaba fuera del beneficio fiscal.

El caso que ha motivado la resolución es el de un contribuyente de Santa Cruz de Tenerife que vendió su vivienda en 2018 y usó 10.202 euros del importe obtenido para saldar su préstamo. Hacienda limitó la deducción solo a las cuotas pagadas antes de la venta, pero el TEAC le da ahora la razón.

La deducción, vigente en régimen transitorio, permite deducir el 15% de las cantidades pagadas por la hipoteca (capital e intereses), con un máximo de 9.040 euros anuales, lo que supone una reducción fiscal máxima de 1.356 euros al año.

Según la plataforma TaxDown, al tratarse de una resolución de octubre de 2025, los contribuyentes pueden revisar los ejercicios no prescritos —2021, 2022, 2023 y 2024— y solicitar la rectificación de sus declaraciones si Hacienda no aplicó esta deducción al cancelar la hipoteca tras la venta de la vivienda.

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