Competencia sanciona a Mediaset por extralimitarse en el tiempo de emisión de publicidad

Televisión

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 35.850 euros a Mediaset España por superar los límites de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, lo que supone el incumplimiento del artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

agencias

Publicado: 25 ene 2018 - 12:37 Actualizado: 26 ene 2018 - 01:41

Según ha informado este jueves 25 de enero el organismo estatal, la normativa establece que el límite de emisión de publicidad, de mensajes publicitarios y de televenta es de 12 minutos por hora natural.

"Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá solo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj", añade el texto de la Ley.

En este sentido, la Comisión ha indicado que las infracciones se produjeron entre mayo y julio de 2017 en Cuatro, Telecinco y Boing. Además, ha destacado que a Mediaset se le ha aplicado la reducción de la sanción inicialmente prevista (59.750 euros) por reconocer voluntariamente su responsabilidad y realizar el pago voluntario de la multa antes de que se dictase la resolución.

Por último, la CNMC ha recordado que Mediaset puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra este dictamen, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su notificación.

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