En marcha los avales del Gobierno para pagar la entrada de una vivienda: claves y requisitos
La ayuda va dirigida a 50.0000 jóvenes de hasta 35 años y a personas con menores a su cargo que tengan un patrimonio máximo de 100.000 euros y una renta de hasta 37.800 euros
El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado el acuerdo de la línea de avales de 2.500 millones de euros a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para acceder a la entrada de la compra de la primera vivienda para jóvenes y familias con menores a cargo. De esta manera, el Gobierno avalará el 20% de la entrada inicial de una vivienda siempre y cuando el solicitante cumpla todos los requisitos, una medida que llegará al menos a unas 50.000 familias y jóvenes.
Requisitos para el solicitante
- El Gobierno ha detallado que es una línea de avales dirigida principalmente a jóvenes de no más de 35 años y familias con menores a su cargo
- Con ingresos que sean de 4,5 veces el IPREM, es decir, con rentas de hasta de 37.800 euros brutos al año, que se ampliará en caso de que sea una pareja o tengan menores a su cargo
- Se deberá ser una persona física, mayor de 18 años y tener residencia legal en España de manera acreditada e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo
- No se podrá tener un patrimonio superior a los 100.000 euros
- No podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, independientemente de la forma de adquisición de esta
Algunas excepciones
No obstante, sí podrán acogerse quienes cumpliendo los requisitos concurran en algunas de estas circunstancias: cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y esta se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento o para aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen parte de su unidad de convivencia. El aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos en el convenio siempre que sea la vivienda habitual del beneficiario, con la excepción de las circunstancias mencionadas anteriormente que puedan exigir el cambio de vivienda.
Precios limitados en función del territorio
Se establecerá un límite máximo de precio de venta o tasación de la vivienda, que podrá fijarse en función del ámbito territorial, pudiendo ser modificado por acuerdo de la comisión de seguimiento que se creará a tal efecto. Con ambas medidas, según el Gobierno, se conseguirá descongestionar el acceso a la vivienda en una doble vertiente: abordando el alquiler en mercados tensionados, ya que se sacará a personas del mercado del alquiler y se dejará que otras puedan adquirir esta vivienda, y también ayudará a las zonas rurales a través de la autopromoción de vivienda en estos entornos y la posterior fijación de la población en el medio rural.
¿Se podrá destinar la vivienda al alquiler?
La vivienda deberá ser la residencia habitual de la persona avalada y su arrendamiento estará limitado a que concurran circunstancias que exijan el cambio de vivienda, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral u obtención de un empleo más ventajoso, entre otras análogas.
El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea está previsto hasta 31 de diciembre de 2025, aunque el Goberno ha indicado que se valorará la expectativa y la demanda de este instrumento, por lo que se podrá prorrogar otros dos años adicionales. Al respecto, ha recalcado que las entidades financieras deberán adherirse a esta línea de avales con el ICO, aunque ha indicado que si no desean hacerlo, no lo harán, pero el Gobierno confía en que la mayoría sí se sumará al acuerdo.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
Lo último