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En su resolución, que ha avanzado Iusport, el TAD considera que el único que tiene competencia para investigar es LaLiga, cuyo juez de disciplina social no percibió hechos sancionables en el viaje del Fuenlabrada a Galicia con positivos de COVID-19 en la plantilla.
Contra la resolución del TAD solo cabe recurso en la justicia ordinaria en el plazo de dos meses.
El fallo del Tribunal Administrativo se ha dado a conocer el día antes de la reunión que mantendrán LaLiga y la Federación Española de Fútbol con la mediación del Consejo Superior de Deportes.
En ese encuentro, el CSD pretende conseguir un acuerdo entre las dos partes sobre el calendario de Primera y Segunda División, que había sido rechazado por la Federación Española al no saber cuántos equipos iban a competir en la categoría de plata la próxima temporada por todo lo relacionado con el partido Deportivo-Fuenlabrada.
De hecho, la Federación había propuesto previamente a LaLiga una Segunda División de 24 equipos con Deportivo y Numancia, ya que fueron los dos equipos que descendieron en la última jornada de LaLiga SmartBank, que no se pudo disputar en horario unificado, como estaba previsto, por el aplazamiento del Dépor-Fuenla.
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