Condena de seis años al menor acusado de la muerte de Jimmy

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Álvaro C. G., líder de las juventudes de ultras del Atlético, estaba acusado de homicidio

agencias madrid/a coruña

Publicado: 16 feb 2016 - 11:15 Actualizado: 17 feb 2016 - 11:15

Familiares y amigos de Francisco Javier Romero 'Jimmy', durante su entierro.
Familiares y amigos de Francisco Javier Romero 'Jimmy', durante su entierro.

El Juzgado de Menores Número 4 ha condenado por un delito de homicidio a seis años de internamiento en régimen cerrado y dos años de libertad vigilada al menor acusado de la muerte del hincha del Deportivo Francisco Javier Romero, alias Jimmy. Fuentes jurídicas informaron ayer de que la jueza ha declarado culpable a Álvaro C. G., apodado "Kit-kat", líder de las juventudes de los ultras del Atlético de Madrid y principal acusado en este procedimiento, de los delitos de homicidio, riña tumultuaria y tenencia ilícita de armas.

El menor se enfrentaba a una petición de la Fiscalía de ocho años de internamiento y tres de libertad vigilada, que finalmente la magistrada ha reducido a seis años de internamiento y dos de libertad vigilada. En el caso de los otros dos menores, la jueza ha impuesto a Javier Pedro C.N. la pena de 60 horas de trabajo por un delito de riña tumultuaria y a Isaac D.C. le ha impuesto un año de libertad vigilada como autor de un delito de riña tumultuaria y de otro de tenencia ilícita de armas. Ambos reconocieron los hechos en la vista oral que se celebró el 25 de enero.

Con esta condena, la jueza da por válido el testimonio del testigo protegido que apuntó a cuatro personas como los autores de la muerte de Jimmy: el menor imputado por homicidio, dos de los cuatro ultras del Frente Atlético excarcelados por el titular del Juzgado de Instrucción Número 20 de Madrid (que instruye la causa principal), y otro hincha que fue detenido por la Policía y que está imputado por el juez de instrucción.

En la sentencia, la jueza destaca que el testimonio del testigo protegido G303 es válido por tres razones: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud de los hechos denunciados y persistencia en la incriminación. Y explica que su demora a declarar, lo hizo el pasado julio, "está en gran parte justificada por el lógico temor a posibles represalias" hacia él pero ello no empaña su credibilidad, "cuyo testimonio es convincente".

La magistrada considera probado que con motivo del partido de Liga entre Atlético y Deportivo del 30 de noviembre de 2014, "aficionados radicales de ambos equipos", de ideologías contrarias, se citaron a través de las redes sociales y de mensajes de teléfonos "con el único fin de agredirse".

Álvaro e Isaac portaban sendas defensas extensibles mientras que Javier Pedro llevaba un palo. Los tres, de común acuerdo con el resto de participantes que iban gran parte de ellos armados, acometieron de forma indiscriminada a los numerosos aficionados del Deportivo. En un momento de la reyerta, Álvaro, "tras observar cómo un joven mayor de edad golpeaba en la cabeza a Jimmy y que éste caía al suelo, valiéndose de la defensa extensible que portaba le golpeó con ésta en la zona abdominal y, con ánimo de causarle la muerte, continúo propinándole golpes ayudado por tres mayores". Acto seguido y a sabiendas de su crítico estado, algunos de ellos le lanzaron al río Manzanares. La jueza destaca que Jimmy murió por los golpes recibidos en la cabeza y abdomen.

La familia y el entorno de Jimmy expresaron ayer su satisfacción por la condena. "Estamos satisfechos. Aunque penalmente no sea lo que habíamos pedido, que eran ocho años, la esencia era que no quedara impune", comentó a Efe el abogado de la acusación, Erlantz Ibarrondo. El letrado cree que la sentencia debe suponer "el inicio de lo que ahora vendrá", en referencia al proceso que se sigue en el Juzgado de Instrucción Número 20 de Madrid, donde "por ahora no hay nadie imputado".n

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