Sobre el problema de agua de una vecina de Mondariz

Publicado: 29 abr 2026 - 01:30
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En relación con la información publicada en fecha 18 de abril de 2026 en sección Área Metropolitana/Condado/Louriña, bajo el título “Ángela, vecina de Mondariz, hace 28 días que vive sin agua” exponemos:

Que en la citada publicación se incluyen afirmaciones que considera inexactas, en concreto:

No son ciertos los hechos señalados por la Sra. Trigo Carrera toda vez que nuestra Comunidad esta formada solo por 4 miembros y la única problemática es ella.

Se indica que " no se permitió el pago fraccionado ", siendo lo cierto que el resto de miembros abonaron en tiempo y forma no solo su parte si no también la de Dª Angela porque de no haber acometido esas obras ninguna de las viviendas tendría suministro de agua. Este acuerdo fue adoptado siguiendo los cauces legales en Asamblea por la mayoría de los usuarios. Por otro lado, por parte de la Comunidad se le ofertó el pago fraccionado ante la especial situación que manifestó, y ella misma se comprometió ante la Comunidad a pagar a partir del mes de marzo de 2026 a razón de 80,35 euros mensuales, no habiendo cumplido ni el primero de los plazos.

Se afirma que " se cortó el suministro sin alternativa o solución ", cuando en realidad se siguió un procedimiento previsto en la normativa vigente para los casos de impago como es el presente, a fin de evitar un consumo abusivo del agua que es bien común de la Comunidad, teniendo además amparo legal en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominic Publico Hidraulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, en concreto en su art. 212. 1. " Las deudas a la Comunidad de Usuarios por gastos de conservación, limpieza o mejoras, asi como cualquier otra motivada por la administración y distribución de las aguas, gravarán la finca o industria en cuyo favor se realizaron, pudiendo la Comunidad de Usuarios exigir su importe por la vía administrativa de apremio, y prohibir el uso del agua mientras no se satisfagan, aun cuando la finca o industria hubiese cambiado de dueño". Se encuentra por ello amparado por la legislación vigente en la material.

Además del impago Dª Angela fue advertida en reiteradas ocasiones de que el sonsumo que estaba realizando del agua era desorvitado superando los límites establecidos por la propia Confederación Hidrográfica con el problema que en verano conllevaba para el resto de comuneros ese desmán en el uso del agua, dejando secos al resto de comuneros.

Por otro lado, Dª Angela se dedica constantemente no solo en el pueblo sino en las Asambleas de la Comunidad a faltar al respeto a los demás mientros de la misma y a manifestar que ella no piensa pagar, lo que a quienes cumplen con sus obligaciones no tienen porque soportar ni vejaciones, ni altercados, ni insultos.

Comunidad de Usuarios de Foxaco. (Mondariz)

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