TRIBUNALES

Los vigueses ganan la batalla judicial a los créditos usura

La abogada viguesa Lía Fragueiro Lago, que llevó el pleito contra Cofidis.
photo_camera La abogada viguesa Lía Fragueiro Lago, que llevó el pleito contra Cofidis.

Un juzgado de Primera Instancia condena a Cofidis a devolver  6.644 euros  a un vecino de Vigo que había suscrito un préstamo  con la entidad de 3.376 euros

La avalancha de pleitos judiciales relacionados con los créditos rápidos y que han hecho elevar la carga de los juzgados civiles de Vigo han hecho plantar cara a los intereses abusivos, con resoluciones a favor del consumidor. Una de los últimos fallos dictados  condena a Cofidis a devolver a un vigués 6.644 euros. Esta persona había suscrito un contrato de crédito en 2014 por 3.376 euros y hasta octubre de 2020 había abonado 8.529 menos 1.885 impagados.

La sentencia, que ya es firme, anula dicho contrato de crédito por usuario. Alude el fallo a la Ley de Represión de Usura que declara nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y “manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”. El tipo deudor anual suscrito con Cofidis  era del 22,2%  (TAE 23,85%).   Además de entender que se supera el tipo medio, tiene en cuenta las propias peculiaridades del crédito que alargan muy considerablemente el tiempo durante el que el prestatario sigue pagando las cuotas, hasta el punto “de que puede convertirle en un deudor cautivo”. Añade que "no puede justificarse la fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero por el riesgo derivado del alto nivel de impagos así como a operaciones concedidas de modo ágil porque la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales,  que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico”.

Según explica la abogada  Lía Fragueiro Lago,  que ha llevado este pleito, “hay una doble vertiente de demandas por una parte las de  usura de estos créditos y por otra las que interponen las entidades por impagos”. Afirma que “los juzgados están dando la razón a los consumidores que suscribieron préstamos por encima de un tipo del 20%, que es lo que se considera usura y ya no vale la justificación de la rapidez o facilidad  en su concesión que alegan las entidades". 

Pese al incremento de este tipo de causas en los juzgados de Vigo, “el hecho de que no haya un tribunal específico, como en cláusulas suelo, es una ventaja , ya que los asuntos se reparten  y se les va dando salida, aunque no hay un criterio único en la forma de actuar, depende de cada órgano por ejemplo puede paralizarse unos seis meses al enviar por exhorto comunicación a la demandada”. 

Los fallos favorables a los consumidores ya han tenido consecuencias, “algunas de las entidades que ofrecen estos créditos han cambiado su tipo de interés”.  Fragueiro, que  asegura que le siguen llegando casos, “algunas de los clientes  tienen hasta dos o tres pleitos diferentes”, aconseja comparar los intereses mediante las tablas del Banco de España, “las entidades financieras siempre ofrecen simulaciones para saber lo que vas a pagar por el tipo de interés”. 

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