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¿Sabías que Vigo multará con hasta 3.000 euros si haces una de estas cosas en la playa?

La playa de Samil, ayer, con visitantes en traje de baño aprovechando el sol y las buenas temperaturas.
photo_camera La playa de Samil, con visitantes en traje de baño aprovechando el sol y las buenas temperaturas.
Se sancionará con 750 euros tirar colillas, latas o restos de comida en la arena, mear o bañarse con jabón en el agua

En el pleno ordinario del Concello de Vigo de este miércoles se dio luz verde a la nueva ordenanza que regula el uso de las playas y arenales de la ciudad que, entre otras cuestiones, establece la recomendación de no fumar en la playa o la prohibición de tirar las colillas en ellos.

En la nueva normativa se establecen multas de 750 euros por diferentes cuestiones como tirar colillas, latas o restos de comida en la arena, mear o bañarse con jabón en el agua. Además, se establecen sanciones más altas por cometer infracciones que se consideran graves o muy graves, como pueden ser dañar el mobiliario en los arenales, dejar objetos cortantes en la arena o verter productos contaminantes en el mar.

Lista de sanciones en las playas de Vigo desde este verano

Leves (750 euros de multa):

  • No depositar los residuos en los contenedores y arrojarlos al agua o a la arena
  • Tirar en la arena o en el agua colillas, restos de comida, de frutos secos, papeles o latas
  • Acceder con mobiliario o elementos que no se usan de forma habitual en los arenales
  • Abandonar en las playas restos de pesca como cebos, anzuelos u otros aparatos. 
  • Bañarse en lugares señalizados para la entrada o salida de embarcaciones
  • No seguir las indicaciones de las autoridades
  • Usar de forma indebida el agua de las duchas o de los lavapiés, así como utilizar jabón, champú o productos similares en el arenal
  • Jugar con balones, palas de playa, cometas o discos voladores cuando resulten molestos para los usuarios de los arenales. 
  • No respetar los periodos y horarios establecidos para la pesca recreativa
  • Usar dispositivos sonoros con el objetivo de hacer publicidad, propaganda o distraer a las personas sin autorización expresa
  • Realizar una evacuación fisiológica en el mar o en el arenal
  • Llevar a cabo una actividad económica en cualquier punto de la playa que carezcan de licencia o autorización

Graves (de 751 a 1.500 euros):

  • Cometer varias infracciones leves en un año
  • Impedir u obstaculizar las comprobaciones necesarias para el efectivo cumplimiento de la ordenanza
  • Realizar trabajos de repuesto o mantenimiento de máquinas en la arena
  • Depositar en los contenedores materiales de combustión, maderas, animales muertos, así como verter líquidos en ellos. 
  • Atracar y desatracar, varar o permanecer las embarcaciones, tablas de surf, windsurf, kitesurf o motos náuticas fuera de las zonas señalizadas. 
  • Entrar o salir del mar desde el arenal con el fusil cargado u otro instrumento para practicar pesca submarina
  • Abandonar en la arena elementos como neveras, sillas, parasoles, etc.
  • Bañarse con bandera roja
  • Dañar el mobiliario de las playas
  • Aquellas situaciones que comporten una alteración medioambiental o afecten a la integridad física de terceras personas
  • Tirar en la arena o en el mar vidrios o envases metálicos, así como elementos cortantes o sobrantes de obras.
  • Utilizar rejas o hacer hogueras en los arenales sin autorización
  • Utilizar bombonas de gas o usar bengalas o materiales pirotécnicos
  • Acampar o instalar tiendas de campaña 
  • Pescar con caña u otros instrumentos destinados a la pesca fuera de la hora permitida
  • Practicar con tablas en la orilla del mar

Muy graves (de 1.501 a 3.000 euros):

  • Cometer varias infracciones graves en un año
  • Hacer publicidad a través de folletos, carteles o valles
  • Circular con embarcaciones, tablas de surf, motos acuáticas o hacer esquí náutico en una distancia inferior a los 200 metros de la costa o de las zonas de baño (salvo en las zonas señalizadas). 
  • Circular o estacionar vehículos en el arenal sin autorización
  • Impedir el correcto funcionamiento de los arenales
  • Impedir el uso de un servicio público a otra persona con derecho a ello. 

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