Lo que votaremos el 28 de mayo en Vigo

Imagen de archivo de una de las votaciones en un pleno del Concello de Vigo.
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Te descubrimos qué se decide en las elecciones municipales del 28 de mayo en Vigo. Infórmate sobre todos los cargos que están en juego y cuáles son sus principales funciones  

El 28 de mayo los vigueses y viguesas deciden su futuro en las urnas. Estos son los distintos cargos que están en juego y las principales funciones que ostentará cada uno. 

Los candidatos a la alcaldía de Vigo el 28M

Abel Caballero (PSOE), Marta Fernández-Tapias (PP), Rubén Pérez (Marea Vigo), Xabier Igrexas (BNG), Eva Endress (Ciudadanos) y Álvaro Díaz Mella (Vox) son los candidatos de los diferentes partidos políticos que se presentan como candidatos a la alcaldía de Vigo en estas elecciones municipales el 28 de mayo.

El puesto de alcalde o alcaldesa representa la máxima representación del municipio y tiene el título de excelencia. Entre sus principales funciones está: 

  • Dirigir la política, el gobierno y la administración municipal, sin perjuicio de la acción colegiada de colaboración en la dirección política que, mediante el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas que le son atribuidas por esta ley, realice la Junta de Gobierno Local.
  • Establecer directrices generales de la acción de gobierno municipal y asegurar su continuidad.
  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno y las de la Junta de Gobierno Local y decidir los empates con voto de calidad.
  • Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
  • Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del ayuntamiento.
  • Dictar bandos, decretos e instrucciones.
  • Adoptar las medidas necesarias y adecuadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.
  • Ejercer la superior dirección del personal al servicio de la Administración municipal.
  • La Jefatura de la Policía Municipal.
  • Establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo c) del apartado 1 del artículo 123.
  • El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
  • Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos.
  • La autorización y disposición de gastos en las materias de su competencia.
  • Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y aquéllas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales.

Los otros cargos que saldrán tras las elecciones municipales

En estas elecciones municipales se decidirá, además de la persona que ostentará la alcaldía en los próximos cuatro años, quiénes conforman el Pleno. Es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía y está integrado por 27 concejales de diferentes partidos políticos.

Acompañan al alcalde en el gobierno sus concejales y tenientes de alcalde. Estos se encargan de promocionar el desarrollo del municipio dentro de las diversas áreas existentes. Las áreas de actuación actuales son:

  • Área de Patrimonio Histórico
  • Área de Fomento y Servicios
  • Área de Empresa, Economía, Seguridad y Organización Municipal
  • Área de Urbanismo
  • Área de Cultura y Empleo
  • Área de I+D y Dinamización Administrativa
  • Área de Presupuestos y Hacienda
  • Área de Política de Bienestar Social
  • Área de Deportes
  • Área de Contratación, Patrimonio y Gestión Municipal
  • Área de Medio Ambiente y Vida Saludable
  • Área de Educación
  • Área de Parques y Jardines, Comercio, Distritos y Fiestas especiales
  • Área de Igualdad y Normalización Lingüística
  • Área de Turismo y Juventud
  • Área de Participación ciudadana y Fiestas

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