VIGO

Prohibido cantar en la calle

Tocando durante la tarde de ayer en la calle del Príncipe, una imagen habitual que pasaría a la historia.
photo_camera Tocando durante la tarde de ayer en la calle del Príncipe, una imagen habitual que pasaría a la historia.
El organismo municipal Valedor do Cidadán plantea en un análisis normas y propuestas en Vigo contra la contaminación acústica basándose en otras experiencias
nnn La imagen icónica de la calle del Príncipe con músicos y cantantes pasará a la historia si sale adelante una propuesta lanzada por el titular del organismo local Valedor do Cidadán, el que fue el primer rector de la Universidad de Vigo, Luis Espada, quien acaba de realizar una extensa  publicación sobre contaminación acústica cargada de propuestas para que se incluyan en las ordenanzas municipales. No es la primera vez que Espada realiza un trabajo técnico de estas características que enmarca dentro de sus actuaciones de oficio: normalmente se tienen en cuenta por el Concello por tratarse de informes concienzudos. Es muy probable que éste sea el caso y con ello llegará la limitación formal y amenaza de sanciones por superar un determinado umbral de ruido. Incluido el producido por la voz humana: cantar en las calles llega a su fin y será susceptible de sanciones.
Entre las docenas de propuestas planteadas destacan sobre todo las dedicadas a que el nivel de ruido descienda en zonas públicas y también en edificios y calles. En su largo trabajo de cerca de 400 páginas, Espada hace una comparación con las normas existentes en otros ayuntamientos y formaliza sus resoluciones para el municipio vigués. En concreto, considera que en las playas y parques no se puede permitir la música, tanto transistores como pequeños equipos de sonido, y que esta limitación debería extenderse por toda la ciudad. 
Señala que el comportamiento de la ciudadanía en la vía pública y zonas comunes deberá mantenerse dentro de los límites de la buena convivencia ciudadana sin que se produzcan ruidos que perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos y viandantes o impidan el normal desarrollo de las actividades propias del local receptor. 
El Valedor expone de forma reiterada y expresa que quedaría prohibido por considerarse conductas no tolerables cantar, gritar o vociferar a cualquier hora del día o de la noche en la vía pública, así como usar aparatos de reproducción sonora sin auriculares. 
También incluye en este apartado la prohibición de permanecer en horario nocturno con otras personas o grupos en vías o espacios públicos cuando no exista autorización."El volumen de la voz humana dentro de los domicilios particulares y escaleras y otras zonas comunes de los edificios se tiene que mantener  a niveles de pacífica convivencia”, insiste en el informe sobre contaminación acústica en este aspecto concreto. 
Por este motivo, al abrigo de la solución adoptada, estima en el informe que serán sancionables comportamientos como molestias por voces, actividades de peronas y domésticas, como la televisión o radio, de forma que la ordenanza haga hincapié en garantizar la buena convivencia ciudadana.
La limitación no se queda aquí y también llegará a las fiestas y verbenas, donde plantea nuevos requisitos para que puedan desarrollarse. Destaca la especial prohibición de celebrar cualquier acto de este tipo sin un permiso municipal reglado y en todo caso con un estudio de impacto acústico en los que casos de que la actividad disponga de música y haya viviendas a menos 50 metros del escenario, como pasa en Coia o en Bouzas, entre otras zonas de la ciudad. n

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