CRISTINA DEVESA MEIJIDE Abogada responsable del área de lesiones Confía Asistencia Jurídica en Vigo

“Nuestro día a día consiste en reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico”

La abogada Cristina Devesa.
photo_camera La abogada Cristina Devesa.

 ¿En que se basa su labor en Confía Asistencia Jurídica en Vigo?
La dirección jurídica a lesionados de tráfico, para la obtención de la mayor indemnización posible con motivo de los daños y perjuicios sufridos en el mismo.


¿Cuáles son los principales problemas de sus clientes?
La falta de asesoramiento por parte de sus propias compañías, el desconcierto y la falta de información ante el corte de un tratamiento médico o rehabilitador o incluso, ante la catalogación como “siniestro total” de un vehículo, cuando lo que se discute son los daños materiales. Nadie sabe lo que es la “falta de nexo causal de intensidad” y, por tanto, cuando se utiliza este argumento para menoscabar los derechos de los afectados, en general la gente acude a nuestro despacho molesta o sin saber qué hacer.


¿Qué derechos tenemos como lesionados en un accidente de circulación?
En primer lugar a acudir al centro sanitario que uno elija para poder recibir tratamiento. En segundo lugar, en cuanto a la indemnización por los daños causados, dependerá también de la ubicación en el vehículo, ya que si uno es conductor es muy probable que además de la indemnización por los daños y perjuicios sufridos se tenga derecho también a cobertura para secuelas por parte de la compañía aseguradora propia, así como cobertura de abogado de libre designación hasta el límite establecido en la póliza.


¿Cuáles son los procesos a la hora de reclamar lo que nos pertenece?
Primero hay que esperar a la estabilización lesional o a la curación. Una vez que uno obtiene el alta definitiva, se trata de recopilar toda la documentación que pueda afectar a nuestra reclamación (informes médicos y de rehabilitación, acreditación de gastos, nóminas, etc). A partir de ahí, se cuantifica la reclamación y se remite a la compañía del vehículo responsable del siniestro. Desde ese momento la compañía dispone de tres meses para realizar una oferta. Si no lo hace o la oferta es más baja de lo que se considera se debiera percibir el lesionado siempre podrá acudir a un médico valorador para ratificar sus informes médicos y, posteriormente, presentar una demanda.


¿Y en reclamación de daños materiales?
El problema llega cuando el coche es antiguo, puesto que las compañías se apresuran a informar sobre un “siniestro total” para no tener que abonar más allá del valor de mercado. No obstante, en muchas ocasiones, con una pericial de parte o un presupuesto de reparación de un taller obtenido por el propio afectado, se puede recuperar el importe de la reparación, aunque siempre habrá que ser cautos, y fijarse en el año del vehículo, en el valor de mercado de un coche de similares características, así como del coste de la reparación que se establezca, para ver si finalmente es una reparación que no vaya a resultar antieconómica.


¿Es cierto que la póliza de nuestro vehículo cubre sus honorarios?
Es cierto, con matices. Como decía antes, todos los conductores están cubiertos por su propia compañía para la designación de abogados de libre elección. No obstante, cada compañía establece un importe para esa cobertura. Además, muchas compañías prevén la cobertura de defensa jurídica “por siniestro” lo que quiere decir que el límite se aplica a todos los ocupantes del vehículo que designen letrados por su cuenta.


¿Qué valor aportan ustedes al proceso de reclamación?
La especialización. El hecho de que nuestro día a día consista en reclamar indemnizaciones por perjuicios derivados de accidentes de tráfico hace que podamos prever cómo va a responder la compañía que tenemos de frente y así poder preparar la estrategia de cara a un hipotético proceso judicial.


¿Cómo se valora una reclamación de lesiones? ¿Y los plazos?
Como he dicho en una pregunta anterior, ha de recopilarse toda la documentación que pueda afectar a nuestra reclamación. Para poder cuantificarla, disponemos de un Baremo de daños personales que otorga valores a los días (en función del perjuicio por día); a las secuelas (en función de la edad y la gravedad); al lucro cesante, y en definitiva, a todos los conceptos que puedan establecerse. 

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