Las llamadas spam continúan vivas pese a estar prohibidas
Un mes y medio después de que fueran prohibidas por ley, el cumplimiento de la norma es deficiente
Un mes y medio después de que las llamadas comerciales no deseadas -conocidas como “spam”- fueran prohibidas por ley, “estas no han cesado” y, según aseguran desde la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), el cumplimiento de la normativa a día de hoy “es deficiente”.
Mientras, algunas de las compañías como Telefónica o Vodafone, niegan que estén realizando llamadas sin el debido consentimiento del receptor y defienden estar acatando la ley. Por su parte, Orange, el segundo operador en el país, no se pronuncia al respecto. Según estimaba la OCU antes de entrar en vigor esta prohibición, casi la mitad de las llamadas aleatorias e indiscriminadas procedían de operadores de telefonía.
Desde el pasado 30 de junio, las empresas pueden ser sancionadas por estas llamadas “spam” en virtud de la Ley General de Telecomunicaciones, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 29 de junio de 2022, y que contemplaba un artículo que incluía esta prohibición.
La normativa establecía un plazo de un año para la entrada en vigor del derecho de los usuarios finales a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación. Así, si la empresa hace una llamada “spam” sin consentimiento, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) podrá sancionarla.
La AEPD no facilitó datos sobre quejas relativas al incumplimiento de la normativa y se remitió a la información que publicó al respecto antes de la entrada en vigor la ley. La OCU tampoco emitió un informe específico sobre quejas de usuarios, aunque por la información que les está llegando el cumplimiento de la ley es deficiente, explicaron.
Según las fuentes de la OCU, algunas empresas se están acogiendo a las excepcionalidades que fija la ley para hacer estas llamadas, pero interpretándolas en un amplio sentido. Concretamente, la ley establece que los usuarios tendrán derecho “a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo”.
Antes de entrar en vigor la ley, la OCU ya advirtió de que en la práctica resultaba imposible identificar qué empresa está detrás de dos de cada tres llamadas comerciales, y solo en una de cada diez se consiguió información clara para poder cancelar la información registrada y la solicitud de baja.
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