Tráfico usa el margen de error del radar para recaudar más

El radar de la carretera Redondela-Porriño estuvo entre los de más multas, pero ya no.
photo_camera El radar de la carretera Redondela-Porriño estuvo entre los de más multas, pero ya no.
Muchos ciudadanos deciden pagar la multa y no recurrirla, a pesar de que se podría ver reducida la sanción

Exceder con nuestro vehículo la velocidad permitida puede conllevar la pérdida de hasta seis puntos del carné y 600 euros de multa o incluso la comisión de un delito contra la seguridad vial si se circula a una velocidad superior en 60 km/h a la permitida reglamentariamente en la vía urbana o a 80 km/hora en vía interurbana. En muchos casos, la diferencia entre las distintas sanciones aplicables es de apenas unos pocos kilómetros por hora y ahí el margen de error de los radares juega un papel fundamental.

Un cinemómetro no es infalible, por ello la orden ICT/155/2020 de 7 de febrero regula el control metrológico de los radares y el margen de error, que se ha ido reduciendo a medida que ha ido evolucionando la tecnología. El presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, explica que el problema es que Tráfico “no aplica ninguno, actúa de manera ilegal porque sobre la medición que capta el radar no descuenta el margen de error antes de aplicar el cuadro de sanciones” a la multa que remite al infractor. 

Tal y como figura en el anexo XII de la orden, el margen de error de los radares fijos es de 5km/h hasta llegar a 100 km/h y de un 5% cuando se supera esa velocidad. En los móviles, el margen de error aumenta hasta los 7 km/h hasta una velocidad de 100 km/hora y a partir de esa velocidad de un 7%.

En algunos casos, esto puede resultar determinante. Por ejemplo, circular con nuestro vehículo a 148 km/h en una vía limitada a 120 conlleva una sanción de 100 euros, pero sin pérdida de puntos. Sin embargo, si un radar nos capta a 152 km/hora en la misma vía, conlleva una sanción de dos puntos de carné y el pago de 300 euros. Por ello, en muchos casos, al no aplicar la DGT el margen de error en su cuadro de sanciones, puede producir un gran perjuicio a la persona sancionada.  

 

Recurso

Mario Arnaldo asegura que “Tráfico sigue incumpliendo la ley y te obliga a ir a los tribunales, ya que en la vía administrativa rechaza todas las alegaciones porque, aunque hay cientos de sentencias que nos dan la razón, hay alguna sentencia de algún juzgado minoritario que le da la razón a Tráfico y en eso se ampara”. 

Arnaldo explica que el organismo que dirige Pere Navarro  tiene en cuenta “la probabilidad de que un ciudadano tenga que ir a los tribunales por la molestia que le supone, luego que no le toque un juzgado minoritario que no le dé la razón y que no sea condenado en costas”.  Por ello, muchos ciudadanos deciden pagar la multa y no recurrirla, a pesar de que se podría ver reducida la sanción a más de la mitad del importe en algunos casos, lo que según Arnaldo “a la DGT le supone un mayor ingreso haciendo un negocio buenísimo” con esta forma de proceder

La AEA calcula que desde mayo de 2010 hasta agosto de 2020 se impusieron en España más de dos millones de multas con importes y detracción de puntos superiores a los establecidos en la Ley de Seguridad Vial, por un valor aproximado de unos 400 millones de euros.

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