La regla del 5% de Fraga por la que no todos los partidos tendrán escaño en las elecciones gallegas
Manuel Fraga aprovechó su mayoría absoluta para reformar el sistema electoral en la historia autonómica del país en 1992
Conseguir escaño en las elecciones gallegas no será tan sencillo. Parte de esta culpa la tiene Manuel Fraga que, en el año 1992, aprovechó su mayoría absoluta para impulsar la primera reforma de un sistema electoral que cambió la historia autonómica del país.
Así, a menos de un año para acudir a las urnas, el umbral de votos necesario para conseguir escaños en el Parlamento pasó de ser del 3% por circunscripción al 5% y se aplicó por primera vez en las elecciones celebradas el 17 de octubre de 1993. Sin esta nueva norma, EU-UG habría obtenido un diputado por La Coruña, que habría perdido el PP.
Los cambios
Subir esta umbral cambió el guion del Parlamento, que anteriormente se escribía en torno a tres partidos hasta que, en 2012, irrumpió como cuarta fuerza Alternatva Galega de Esquerdas, que cuatro años después pasaría a ser En Marea.
Según los motivos expuestos en esta reforma de 1992, el objetivo era encontrar una "lógica adaptación a la ley", a la implantación social de las siglas que se habían asentado en el Parlamento.
En su momento, el popular Víctor Manuel Vázquez, explicó que la intención tras la reforma era "disuadir futuras presencias electorales" para que los diputados de la cámara representasen "el mayor estrato posible de la sociedad".
Más valor a los "grandes partidos"
Este aumento del umbral een 1992 sirvió también para unificar las tendencias de voto alrededor de los grandes partidos, y acabar así con la irrupción de opciones galleguistas.
Cómo funciona
El Estatuto establece que el Parlamento gallego tiene que estar compuesto por un mínimo de 60 y un máximo de 80 diputados. La ley electoral lo fijó en 75 escaños. Cada una de las cuatro provincias tiene que tener una representación mínima de 10 diputados. Los 35 que faltan se adjudican según la proporción de la población. En las últimas elecciones gallegas de julio de 2020, las circunscripciones de Lugo y Ourense aportaron 14 escaños cada una, Pontevedra 22 y A Coruña 25.
A continuación ocurre lo que ya conocemos: se aplica la Ley D'Hont. Todas las candidaturas que alcancen este 5% que exige la ley se ordenarán de mayor a menor en una columna según los votos obtenidos.
Después se divide el número de votos de cada candidatura por 1, 2, 3... hasta llegar al número de escaños que corresponde a esa circunscripción.
Tras esto, los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtienen los cocientes mayores, atendiendo a un orden decreciente. Cuando en la relación de cocientes coinciden dos correspondientes a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que haya obtenido mayor número total de votos.
Por este motivo, y a causa de dicha reforma de 1992 por Fraga, muchos partidos minoritarios ni si quiera entran en este sistema de la Ley D'Hont, pues si no pasan este 5% están fuera directamente de obtener escaño, cosa que sí podía ocurrir cuando el umbral se encontraba en el 3%.
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