Elecciones generales 2023

La Junta Electoral obliga a presentar el DNI para votar por correo el 23J

Solicitud de certificado para el voto por correo en una oficina postal. // EFE
photo_camera Solicitud de certificado para el voto por correo en una oficina postal. // EFE
La Junta Electoral permite como excusa tener contratado un viaje antes del 29 de mayo para no formar parte de una mesa electoral

La Junta Electoral Central ha aprobado este jueves una instrucción estableciendo que los electores que opten por votar por correo en las elecciones generales del próximo 23 de abril deberán identificarse con el DNI, o documento análogo en el momento de depositar el voto, y no sólo cuando se solicita.

Se trata de una medida que se aplicó excepcionalmente para los votantes de Melilla en los comicios locales del pasado 28 de mayo ante las sospechas de un posible fraude tras las denuncias de robo de documentación electoral y la investigación abierta al respecto.

La legislación obliga a identificarse con el DNI a la hora de solicitar el voto por correo y recoger la documentación, pero ya no se considera necesario cuando, días o semanas después, ese mismo elector ejerce su derecho y entrega su voto en la oficina de Correos.

El caso Melilla como antecedente

Pero el caso de Melilla, donde las solicitudes del voto por correo se dispararon hasta casi el 20% del censo y hubo denuncias de sustracción de la documentación electoral que se iba a enviar a electores, aconsejaron a la Junta Electoral de la ciudad autónoma exigir el DNI al emitir el voto por correo. En su momento la JEC avaló la instrucción e incluso extendió la exigencia de esta medida extraordinaria a todas las oficinas de correos del resto de España, aunque sólo para votantes censados en Melilla.

La identificación del votante por correo también fue solicitada por algunas de las formaciones que competían en los comicios en Melilla, como Vox, y también por la Dirección General de Política Interior.

Incremento del voto por correo por vacaciones

En ese contexto, y ante la previsión de un incremento del voto por correspondencia dada la decisión del socialista Pedro Sánchez de celebrar elecciones en periodo vacacional, la Junta Electoral Central ha decidido aplicar esa exigencia del DNI para los comicios del 23 de julio.

Así, el votante por correo deberá identificarse al depositar su sobre de votación en la oficina de correos correspondiente. Y si no pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, deberá otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo.

Un viaje sirve como excusa para no ir a la mesa electoral

La Junta Electoral Central, en su reunión de hoy, ha aprobado la Instrucción 5/2023 por la que si la jornada electoral de las elecciones generales del próximo 23 de julio coincide con un viaje vacacional, contratado antes de su fecha de convocatoria, el 29 de mayo, y cuya cancelación ocasione "un perjuicio económico o un trastorno grave" al solicitante, puede ser considerado como excusa por las junta electoral de la zona para eludir la presencia en la mesa electoral.

Sin embargo, esta situación será válida "siempre que se asegure la integración plena de las mesas y que se acredite documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno graves alegados".

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