Errejón podría enfrentarse hasta 5 años por la denuncia de Elisa Mouliáa
Violencia sexual
En la denuncia indica que Errejón la metió en una habitación, cerró el pestillo y empezó a besarla y tocarla sin consentimiento
La actriz Elisa Mouliáa denunció ante la Unidad de Familia y Mujer de la Policía Nacional al ya exdiputado de Sumar en el Congreso Íñigo Errejón por un presunto delito de violencia sexual, dado que le hizo tocamientos no consentidos y pidiéndole que cesara: “Iñigo, solo sí es sí, parece mentira que me esté pasando esto contigo”. Según la denuncia, los hechos tuvieron lugar entre finales de 2021 y principios de 2022, en el domicilio de un amigo de la actriz, que celebraba una fiesta.
La intérprete describe a los agentes que conocía a Errejón dado que llevaban un año hablando por redes sociales y que acudió por la tarde a la presentación de un libro del exportavoz de Sumar en el Congreso, donde hablaron y tomaron luego una cerveza tras el evento. Mouliáa señaló que Errejón estaba distante pero en actitud correcta y que le comentó, por educación, que iba a asistir a una fiesta y que si le apetecía ir.
Ante ello, le sorprendió que accediera a acompañarla y que cuando iban juntos en un coche comenzó a tener una “actitud dominante” con ella y que le imponía “reglas” como no alejarse mucho de él y que esa noche le diera un beso. Y ya en el ascensor en el inmueble de la fiesta Errejón le agarró fuertemente de la cintura y la besó con un comportamiento que calificó de violento e intimidante.
Tocamientos
Ya en el piso, describe que se involucraron en el ambiente de la fiesta y que la actriz se puso a bailar con un amigo suyo, lo que interpreta que causó celos al exportavoz parlamentario, pues le agarró fuerte del brazo y le introdujo en una habitación, cerrando el pestillo y empezando de nuevo a besarla y tocarla en sus zonas íntimas, en todo momento sin consentimiento.
La demandante describe que le quitó el sujetador, le profirió frases “lascivas” del tipo “cómo me pones”, que acto seguido la empujó sobre la cama y se sacó su miembro viril, comenzando a lamer los pechos de la actriz. También relata que hubo tocamientos en la zona de los glúteos, no pudiendo concretar si fue por encima o debajo de la ropa. Mouliaá recuerda que ante este comportamiento se sintió “paralizada” y no consintió nada de lo que sucedió. Quería regresar a la fiesta y argumentó que un amigo se había quedado solo.
El exdiputado respondió que salía de la habitación con la condición de que en veinte minutos ambos tenían que irse de la fiesta y llamar a un vehículo. La actriz accedió a su requisito porque su intención era que todo lo que estaba sucediendo terminase cuanto antes. En el trayecto, la actriz recibió una llamda en la que le dijeron que su hija tenía fiebre, pero Errejón mantuvo una postura “fría e impasible”, sin interesarse por la menor.
Finalmente, afirma que Errejón le condujo hasta su residencia comenzó a besarla de nuevo y que entonces le exclamó: “Íñigo, solo sí es sí. Parece mentira que me esté pasando esto contigo”. Y le cuestionó si no sabía lo que era la seducción y la escucha, a lo que le respondió que lo acontecido le iba a servir para futuros encuentros, generando esas palabras “repulsión y decepción” en la actriz.
Un delito castigado con penas de hasta cinco años de prisión
Los hechos relatados en la denuncia que ha presentado la actriz Elisa Mouliáa contra Íñigo Errejón podrían ser constitutivos de un delito de agresión sexual castigado con penas que van de 1 a 5 años de cárcel. La denuncia ha recaído en el Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid, a cargo del juez del “caso mascarillas”, Adolfo Carretero, que ahora debe decidir si la admite a trámite o la archiva directamente. Según las fuentes jurídicas, estos hechos serían constitutivos de un delito de agresión sexual, conforme aparece tipificado en el artículo 178 del Código Penal (CP) con la nueva redacción de la ley del “solo sí es sí”. El Tribunal Supremo (TS), en una reciente sentencia, confirmó una condena a un policía que dio un beso a una detenida sin su consentimiento. “Como `beso robado` integra la condena en su momento por abuso sexual y en la actualidad por agresión sexual”. “Resulta evidente que el contacto fugaz de un beso no consentido supone una invasión corporal del autor sobre la víctima que no está obligada a admitir actos sobre su cuerpo de contenido sexual como puede ser un beso inconsentido en su cara”, decía el alto tribunal.
Este precepto castiga “con la pena de prisión de 1 a 4 años, como responsable de agresión sexual, al que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento”. En concreto, aclara que “sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente.
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