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La Fiscalía cifra en 90 millones el pago por los atascos de Rande

Una imagen de 2016, de los atascos en Rande, que se produjeron casi a diario durante las obras.
photo_camera Una imagen de 2016, de los atascos en Rande, que se produjeron casi a diario durante las obras.

La Fiscalía presentó la demanda colectiva contra la concesionaria de la AP-9 por su práctica abusiva al cobrar los peajes los tres años de obras en el puente  y cifra en 90 millones la cuantía a devolver a los usuarios perjudicados por los atascos. Pide que se le condene a pagar a los conductores que acrediten haber estado en retenciones 

 La recaudación de Audasa por peajes correspondientes a vehículos ligeros  desde el 27 de febrero de 2015 y hasta el 1 de junio de 2018 en el tramo de la AP-9 afectado por las obras de Rande ascendió a unos 90 millones. Esa es la cantidad que la Fiscalía calcula como pago a devolver de la concesionaria a los usuarios de la autopista que sufrieron las consecuencias del tráfico debido a las obras de ampliación del puente y así lo asegura en la demanda colectiva que ayer presentó ante el juzgado de lo Mercantil de Pontevedra.
Se trata de una demanda de juicio ordinario en defensa de consumidores para solicitar la restitución de cantidades abonadas en peaje así como una indemnización de daños y perjuicios.

Según fuentes de la Fiscalía Superior de Galicia, el Ministerio Público justifica dicha demanda en que durante al menos tres años, “la ejecución de unas obras en el tramo de la AP-9 (enlace de Cangas-Teis, incluido el puente de Rande) entre los puntos kilométricos 145,180 y 151,080, afectó de forma relevante y constante a la fluidez del tráfico en la autopista”. La demanda insiste en que durante el periodo indicado “el tráfico se vio permanentemente afectado en el tramo del puente, dado que la reducción del número de carriles en uso y la de los límites de velocidad, además de las sucesivas tareas de ejecución de las obras, implicaron, en todo momento y aunque puntualmente no hubiera acumulación de vehículos, que la fluidez de la circulación disminuyera, siendo preciso emplear más tiempo del habitual para recorrer la misma distancia de la autopista”.
Insiste la Fiscalía de Pontevedra en que por estas razones, “todos los vehículos que circularon en ese tramo entre las fechas indicadas se vieron afectados, en cuanto recibieron un servicio de la autopista con insuficientes condiciones de fluidez y seguridad”. Añade que además de es permanente afección, “las mismas circunstancias relatadas favorecieron la aparición de embotellamientos y retenciones, los cuales se sucedieron de forma constante y cotidiana”. Pese a estas circunstancias, recuerda que “no sólo se ha mantenido el cobro íntegro del peaje en todo momento,  sino que se incrementó a partir del 1 de enero de 2018, tras una inauguración de las obras que se realizó el 30 de diciembre de 2017 aún cuando se continuaron realizando trabajos similares en la calzada con posterioridad a esa fecha”.
La Fiscalía interesa del juzgado que admita la demanda contra Audasa y, “tras los trámites legales, se dicte sentencia por la que se declare la nulidad, por tener el carácter de práctica abusiva, respecto de práctica consistente en cobrar íntegramente el peaje de la autopista en todo caso, sin moderar o eliminar su importe cuando no está prestando el servicio en condiciones suficientemente satisfactorias de fluidez y/o seguridad del tráfico”.
En segundo lugar, solicita que se condene a la concesionaria a “cesar en dicha práctica y a abstenerse de utilizarla en lo sucesivo en cualquier autopista que gestione en España. En el plazo de un mes, la demanda habrá de remitir al Tribunal un criterio de eliminación del precio del peaje en los casos de insuficiente fluidez del tráfico, que respete el principio de reciprocidad y mantenga el equilibrio de las prestaciones”.
Insta además a que se condene  a la demanda a reintegrar a los usuarios los importes de los peajes  con los intereses legales. El abono se efectuará, en el caso de los peajes con Vía T o tarjeta mediante transferencia a la misma cuenta bancaria. Por último, pide que se condene a la demandada a abonar una indemnización consistente en el doble del importe del peaje a todos los usuarios (conductores o pasajeros) , que no sean profesionales  de la conducción y/o titulares de empresas de transporte de mercancías o pasajeros, que acrediten haberse encontrado en uno de los atascos por más de diez minutos.n

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