Opinión

¿Cabe la seguridad jurídica fuera de la Constitución?

Yo no creo que nadie esperara otra cosa. En resumen, nada con sifón. Mejor dicho, peor. Tras la primera reunión de los gobiernos del Reino de España y de la Comunidad Autónoma de Cataluña, sin la presencia, como sería lógico por parte catalana, de todas las fuerzas presentes en su Parlamento, el comunicado final no añade nada nuevo. Se seguirá negociando y los acuerdos a que se llegue estarán ubicados en el marco de la Seguridad Jurídica. ¿Y eso qué es? ¿Es que quepa alguna seguridad jurídica fuera del marco de la Constitución? Pero eso ya lo aclaró el primer conseguidor de llevar a Sánchez a reunirse con Torra, el señor Rufián nos aclaró que para ellos “seguridad jurídica” significa el amparo del Derecho Internacional que protege a los pueblos que desean ser independientes de sus antiguas metrópolis. 

De momento, como ya se hiciera en documentos anteriores, no se cita para nada el marco de la Constitución, y aún cuando se llevara a cabo como propone el secretario general del PSC, Miguel Iceta, de reformar la Constitución, el Código Penal y todo lo que se ponga por delante para acomodarse a las pretensiones de los independentistas, el marco constitucional no podría ser ignorado.

Hay que ser muy optimista para creer que estas negociaciones nos van a llevar, en el mejor de los casos, que el reconocimiento a Cataluña de nuevos privilegios, más dinero, menos Estado, y quien sabe si avances en su propia política exterior, que es una forma de ejercer soberanía, aparte de sistema judicial propio y, como se preveía en el Estatut de 2006, privar a lo poco que quede del Estado de legislar para aquella región en competencias no cedidas.

Sánchez dice que la negociación será larga. Torra replica que ellos no quieren otra cosa que la independencia y la amnistía, que de los otros asuntos que ofrece Sánchez son de tono menor para tratar de modo administrativo. Porque además, ahora descubrimos, como nos enseña el ministro de Justicia e Iceta confirma, en Cataluña no pasó nada que mereciera el reproche penal que estableció el Tribunal Supremo y ha de cambiarse el Código Penal porque los políticos presos fueron reos de los excesos de la Justicia española para con sus conductas, que no fue para tanto y hay que corregirlo. 

Lo que no entiendo es que “si la Le sola no es suficiente”, como nos enseña el doctor Sánchez, para qué hace falta garantizar la “seguridad jurídica” abstracta en el negocio que hoy ha comenzado a substanciarse.

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