Opinión

Controversia y razones sobre la revisión de la edad penal de menores

La frecuencia y gravedad de hechos repetidos en los que participan menores de 14 años causan la lógica alarma social, especialmente por la violencia que suele acompañar a estas conductas, tanto en robos, asaltos, enfrentamientos o delitos sexuales, como recientemente han ocurrido. Inevitablemente reabren el por otro lado permanente debate social al respecto y generan voces a favor de una revisión de la legislación aplicable en estos casos, que data del año 2000, revisada en 2006. Los partidarios de la reforma argumentan que los cambios sociales y la proliferación de conductas delictivas, cometidas por menores de 14 años, exige repensar si hay que rebajar, en determinados casos, el límite de la inimputabilidad. Al mismo tiempo, otros sectores se oponen, ni tan siquiera a abrir ese debate, posición en la que se distingue la organización Saved the children, que arguye que España se halla dentro de los parámetros de otros países con respecto a esta delicadísima cuestión y señalan que el camino de evitar tales conductas son la educación y la prevención.
Los partidarios de mantener sin cambios en España la legislación aplicable a los menores se escudan en los principios de los Derechos Humanos y en los antecedentes y fundamentos de la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Liga de Naciones en 1924. En 1959, la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración de los Derechos del Niño y el 29 de noviembre de 1985, en su resolución 40/33, adoptó las Reglas Mínimas para la Administración de Justicia de Menores (“Reglas de Beijing”). Pero pese a ello, la situación en el mundo sobre este asunto es muy variada.
Aunque a la hora de aplicar sus respectivas legislaciones, los jueces de los diversos países europeos denotan diversas sensibilidades. Suiza tiene un sistema complejo: no considera penalmente responsables a los niños menores de siete años, pero regula un régimen sancionador diferente para niños de 7 a 14 años, con penas más bajas, y para adolescentes de 15 a 18 años. También aboga por medidas reinserción y educativas. En Suecia se alcanza la edad penal a los 15 años, en tanto Francia y Grecia la rebajan a los 13 años. Bélgica amplía el abanico de la irresponsabilidad a la mayoría de edad, 18 años; pero tiene establecido un sistema de internamiento a partir de los 12. Los menores de esa edad son inimputables en Holanda y matiza las causas que conducen a esas conductas. En Inglaterra, los tribunales de menores se centran en las conductas de edades entre 10 y 17 años, y gradúa la edad en niños (10-14 años), jóvenes (15 y 16) t semiadultos (17-20). En Italia deja en manos de los tribunales de menores conocer todos los casos de menores de 18 años, según las circunstancias del caso, pero también sitúa la inimputabilidad en los menores de 14 años. Alemania también establece tres categorías, a partir de la irresponsabilidad de los menores de 14 años. Pero a partir de ahí distingue la responsabilidad en dos grupos: de 14 a 17 y de 18 a 20. 
El caso más polémico es el de Estados Unidos, donde la situación no es uniforme, sino que depende de cada Estado. En algunos casos, al no establecer edad mínima, cualquier menor puede ser tratado como adulto, salvo en el caso de Carolina del Norte que fija el límite en 7 años, o Wisconsin, que lo eleva a 10. En otros países de América, la situación de muy variada, En países como Argentina o Cuba la edad penal empieza a partir de los 16 años, en tanto Bolivia, Chile, Colombia, Venezuela y Paraguay la rebajan a 13.
Ni tampoco existe unanimidad sobre las medidas a adoptar en cada caso. Incluso, una corriente “progresista” se opone al ingreso de menores en centros cerrados. El magistrado Miguel Angel Jimeno,de Jueces para la Democracia, sostiene que la Ley del Menor tiene como objetivo "la reeducación" del menor y es contrario a la rebaja de la edad penal. Pese a la proliferación de casos graves en que intervienen menores, especialmente en Cataluña, se insiste en que la única vía de remedio son medidas de carácter educativo. En ese mismo sentido aboga la Asociación Profesional de la Magistratura en el sentido de que la solución no se encuentra en el cambio de leyes, sino en una mejora de la educación. Postura distinta es la del Foro Judicial Independiente apostó por una modificación de la ley en función de la gravedad de los hechos, por lo que no ve problema en rebajar la edad penal a los 13 años, postura que coincide con la Asociación Francisco de Victoria. Asimismo, se alude a la responsabilidad de los medios, en cuanto a la cobertura de los delitos violentos cometidos por menores, ya que entienden que contribuyen a incrementar la indignación pública que exige reformas legales. 

Te puede interesar