El fiscal concluye que el ex alcalde de Baiona prevaricó al quitarse sus multas

El exalcalde de Baiona.
photo_camera Gómez, solo en el banquillo en la última sesión del juicio en Vigo.

Exculpa al jefe de la Policía al retirar el delito de falsedad, por el que también pedía cárcel para el exregidor. Ahora, Gómez enfrenta a 15 años de inhabilitación, "fue juez y parte en sus multas"

El exalcalde socialista de Baiona, Carlos Gómez Prado, se quedó este lunes solo en el banquillo de los acusados,  que había compartido en las primeras sesiones del juicio  en la Audiencia en Vigo por la retirada de cinco multas de aparcamiento, con el jefe de la Policía Local de Baiona. La Fiscalía modificó sus conclusiones provisionales, retirando el delito de falsedad documental, con lo que el responsable policial quedó absuelto y pudo incluso marcharse de la sala antes de que el juicio quedara visto para sentencia.

 

 

El representante del Ministerio Público explicó que, pese a estar convencido de que la tarjeta de autorización de aparcamiento se elaboró con posterioridad a las sanciones, “se han presentado testimonios en sala y pruebas que generan dudas suficientes como para que sea difícil probar el delito”.  De hecho, se mostró sorprendido con que documentación que se había solicitado de forma reiterada durante la instrucción no se presentara hasta la vista en la que acudieron varios testigos que declararon sobre la existencia de dicha tarjeta. 

Lo cierto es que, al retirarse ese delito, el exalcalde se libra de la pena de tres años de cárcel pero no de la petición de 15 de inhabilitación, ya que el fiscal en ese punto fue especialmente rotundo al asegurar que Gómez “mintió” y que cuando “alguien para retirarse multas falta a su deber público se merece  los años de inhabilitación”. 

Para el fiscal, “es algo muy grave" y considera que la prevaricación es clara por el hecho de que el exalcalde “fue juez y parte” en el decreto en el que se archivaban las sanciones, un procedimiento, a su juicio, alterado “porque no podía aparcar en carga y descarga”. 

Gómez había declarado que aunque él firmó el decreto de la ORAL en el que se archivaban las sanciones lo hizo de forma automática, sin saber. “Una vez puede ser, cinco no”, afirmó el representante del Ministerio Público quien incidió en que “en todo caso posteriormente se le notificaron en su domicilio y ahí podía haber preguntado o intervenido si estaba mal hecho, no vale lo de lo hecho, hecho está". 

A su juicio queda probado de forma objetiva que aparcó de forma irregular, “hay cinco sanciones” y que además “lo hacía incluso antes de la autorización aunque dijera lo contrario, porque así lo han dicho los testigos” y también que el reglamento es  claro sobre que en la zona de carga y descarga solo se podía estacionar para tal fin y de forma excepcional personas con discapacidad con la tarjeta correspondiente.  ”El alcalde hizo las alegaciones como alcalde y no como ciudadano, la resolución es suya y la hace a sabiendas de que ha mentido".

Por su parte, la defensa insistió en la inocencia del exregidor basándose en una sentencia del Supremo que afirma que la infracción del deber de abstención no deriva en un  delito de prevaricación. Afirmó que el ORAL, encargado de las resoluciones sobre las sanciones, es totalmente independiente del alcalde, y que no se cambió ni una coma de las mismas . “El alcalde no decide, no las escribe, solo las ratifica”, aseguró el letrado que añadió que “él estacionó su vehículo porque pensaba que podía hacerlo, así se lo comunicaron de forma oral, no hubo dolo”. Gómez Prado rechazó la última palabra.

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