n n n El magistrado ourensano Alfonso Villagómez Cebrián planteó ante el Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad contra el régimen sancionador del estado de alarma declarado por el Gobierno el 14 de marzo. Según el magistrado de lo contencioso administrativo de Madrid, tanto las infracciones como las sanciones aparejadas durante el primer estado de alarma, infringen el derecho fundamental a la legalidad sancionadora proclamado en el artículo 25 de la Constitución Española.
En opinión de Villagómez, en el decreto de alarma en cuestión no se regularon mínimamente las infracciones ni tampoco las sanciones que se podrían imponer, remitiéndose en bloque a una legislación indeterminada, por lo que se vulneran los principios de tipicidad y certeza.
Asunto de relevancia
El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Madrid señaló al respecto que “estamos ante un asunto de relevancia constitucional en cuanto se encuentra en juego la posibilidad de que, por medio de un real decreto de declaración del estado de alarma, se haya vulnerado el art. 25. 1 de la Constitución. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento", puntualizó Villagómez. n