Tribunales

La Fiscalía ve su acusación prescrita en el juicio por la quiebra del Grupo Álvarez

La Fiscalía considera que su acusación contra cuatro exdirectivos por la quiebra del Grupo de Empresas Álvarez (GEA) ha prescrito tras prolongarse "indefinidamente y más allá del plazo razonable" la tramitación de este procedimiento, iniciado a raíz de una denuncia de un grupo de trabajadores hace 21 años.

No obstante, esta "dilación inaudita", en palabras del representante del Ministerio Público, no afecta, a su juicio, a lo expuesto por la acusación particular, que suma a los delitos de alzamiento de bienes planteados otros de estafa, apropiación indebida y contra la seguridad de los trabajadores.

Así las cosas, los magistrados de la Sección Quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, han acordado que el pronunciamiento sobre la prescripción "no procede en este momento", por lo que se determinará a la hora de dictar sentencia.

Los letrados de los encausados se han adherido a la petición de prescripción y, tras otras cuestiones previas, ha dado inicio el juicio con la presencia de varios de los trabajadores denunciantes entre el público.

El primero en declarar ha sido José O.R.M., en su día director general de GEA, que fue preguntado por la compra al Instituto Nacional de Industria (INI), en 1991, del Grupo de Empresas Álvarez por parte de Pickman y Fábrica de Loza en la Cartuja de Sevilla, cuyas acciones eran propiedad de la compañía Estudesa.

Este acusado ha asegurado que no participó en las negociaciones con el INI y que, por tanto, desconoce los detalles de la operación.

Ha afirmado desconocer, igualmente, otras cuestiones planteadas por la Fiscalía, que exponía que él y otros dos encausados, Francisco J.A. y Mariano J.A., transfirieron a sus compañías patrimonio de GEA para "obtener beneficio patrimonial ilícito".

Estos hombres fundaron tres años más tarde la sociedad Vanosa, cuyo capital era una de las fincas de GEA, que usaron como garantía hipotecaria para pedir un préstamo de 450 millones de pesetas al Banco Exterior de España en beneficio de Estudesa.

Al no pagar el préstamo a su vencimiento, la entidad bancaria se quedó en pago con la finca en cuestión.

El segundo en declarar, Mariano J.A., administrador de Estudesa en el momento de la compra de GEA, sí ha reconocido participar en las negociaciones con el INI y ha revelado que "el objetivo" de la operación era "sanear" la compañía con sede en Vigo.

Ha abundado en que ésta "vivía de las subvenciones" y ejercía "una competencia desleal", además de atravesar una situación financiera "horrible".

Ha descargado responsabilidades en el Instituto Nacional de Industria y ha asegurado que "no todo lo que se materializó en la escritura" en el momento de la compra "fue lo que se pactó".

Así, ha hablado de otros compromisos por parte de este organismo que fueron incumplidos, con lo que Estudesa entró "en una vorágine".

"El INI incumplió sus compromisos y fuimos a la Xunta de Galicia para un aval. El Banco Exterior de España nos dijo que concentráramos el riesgo en una sola empresa y, tras eso, se hizo el famoso préstamo, pero la Xunta no llegó a dar su aval", ha añadido.

Su hermano Francisco J.A. ha relatado que participó "de forma indirecta" en las negociaciones con el INI, ya que fue el encargado de redactar el plan de viabilidad para esta operación, y ha hablado de "un contrato privado" entre las partes anterior a la venta oficial, en el que ya se cerró la misma.

En relación al impago del préstamo, ha destacado que "cuando la Xunta de Galicia no cumplió, el Banco Exterior ejecutó esa garantía porque se sintió burlado", y ha aludido al cuarto encausado, Enrique F.T.H., como responsable del rumbo de la compañía GEA a partir de este momento.

Enrique F.T.H., quien no ha comparecido en el juicio hoy y ha sido declarado en rebeldía, era propietario de la sociedad Corvagal, a la que fueron vendidas las acciones de GEA en 1996 con una cláusula en la que las partes pactaron que no hubiera ulteriores reclamaciones mutuas de deuda.

El Ministerio Público pide para cada uno de los cuatro acusados tres años de prisión y una multa de 15.000 euros por un delito de alzamiento de bienes, aunque ve prescrita esta acusación. 

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