El Gobierno obliga a revisar los ascensores: los cambios que harán falta en tu edificio

Una mujer accede a un ascensor en un edificio residencial.
photo_camera Una mujer accede a un ascensor en un edificio residencial.
En España hay más de un millón de elevadores, de los que 400.000 tienen más de 30 años

El parque de ascensores tendrá que adaptarse a la nueva normativa que acaba de aprobar el Gobierno. El objetivo es hacerlos más seguros, ya que el 60% de ellos tienen más de 30 años desde su fecha de puesta en marcha. El BOE publicaba el sábado la “Instrucción Técnica Complementaria de Ascensores”, que regula su puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. Todo ello dotado con fondo de 708 millones de euros a abordar en siete años.

A finales del año 2019 estaban registrados en España más de un millón de aparatos elevadores. De ellos, alrededor de 400.000 llevan,  más de 30 años en servicio. “Todo este panorama exige la adaptación de la normativa vigente en materia de seguridad industrial de ascensores”, destacó el Gobierno tras aprobar la normativa en el Consejo de Ministros celebrado el pasado 2 de abril.

Peligro en las puertas

Por tanto, la norma incluye una serie de mejoras a implementar en todo el parque de ascensores: la mejora de la nivelación, la detección en puertas con cortinillas no solo por haz puntual, para evitar atrapamientos por las puertas de cabina o la protección del usuario contra los movimientos ascendentes incontrolados de la cabina y los movimientos incontrolados de cabina en reposo y puertas abiertas.

Además, otras de las medidas presentes en la normativa son la comunicación bidireccional en cabina, la sustitución de guías de madera o cilíndricas, la implementación de dispositivos de control de carga o la modernización del contrapeso, para que “las pesas no se salgan de la guía, siempre que no sean ascensores históricos”.

Según el texto publicado en el BOE, la norma define las responsabilidades del titular de la instalación y de las empresas de mantenimiento. En este sentido, las inspecciones periódicas serán cada dos años para edificios industriales o pública concurrencia, cada cuatro años para edificios residenciales de más de 20 viviendas o más de cuatro plantas; y el resto cada seis años, mientras que se detalla la tipología de defectos (leve, grave, muy grave) y sus consecuencias (el ascensor puede quedar fuera de servicio hasta la subsanación).

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