MAR

Autorizada la explotación del pepino de mar en Galicia

Ejemplar de la 'holothuria forskali', conocida también como carallo de mar.
photo_camera Ejemplar de la 'holothuria forskali', conocida también como carallo de mar.

Siete barcos de la cofradía de pescadores de Cangas participarán en la extracción 

La Consellería do Mar autoriza por primera vez la explotación del equinodermo 'holothuria forskali' más conocido como pepino de mar o 'carallo' de mar ante la incipiente demanda comercial del recurso. En su explotación participarán inicialmente siete embarcaciones de la cofradía de pescadores de Cangas, según consta en el Plan Xeral de Explotación Marisquera para el año 2015 publicado el pasado día 31 en el Diario Oficial de Galicia.
El carallo de mar es una de las 47 especies de holoturias que se conocen en la comunidad gallega desde la zona litoral hasta los 3.000 metros de profundidad. Se captura y comercializa en más de 70 países de todo el mundo y es explotada por la pesca industrial y artesanal en regiones polares, templadas y zonas tropicales. En concreto, las holoturias se comercializan evisceradas, hervidas, saladas y secadas. También es habitual su consumo en crudo o en diversas preparaciones culinarias, con el procesado de algunas partes para la elaboración de productos delicatessen.
La Xunta dio el visto bueno a un total de 212 planes de explotación, de los que 46 se corresponden a las autorizaciones administrativas marisqueras, 52 son planes específicos para las zonas de libre marisqueo, 35 para la extracción del percebe y 19 para equinodermos (navaja y longueirón), siete para la peneira, 19 para algas y ocho para la extracción de anémona. 
Las medidas de gestión para la explotación del buey, centolla y pulpo se desarrollará en su momento a través de planes de gestión específicos para esta pesquería. 
Estará permitido capturar nécora del 1 al 5 de enero y del 1 de julio al 31 de diciembre. El bogavante tiene un periodo autorizado de captura del 1 de enero al 31 de marzo y del 1 de julio al 31 de diciembre. La langosta se podrá extraer del 1 de enero al 30 de septiembre y el santiaguiño del 1 al 5 de enero y del 1 de octubre al 31 dediciembre.n

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