Opinión

La amnistía necesaria del 77 y la impunidad de la violencia del procès

Resulta inevitable y aconsejable estos días en que, cada vez con más insistencia, los medios que tratan de allanar el camino para que Pedro Sánchez pueda seguir alojado en la Moncloa, defienden abiertamente que pueda cumplir la exigencia de sus antiguos y previstos consocios, de conceder amnistía a todos los encausados en los diversos episodios (algunos especialmente violentos) del “procès”, que conviene recordar cómo se motivó aprobó la Ley de Amnistía de 1977, que fue la pieza clave para la Transición. De ese proceso salió lo que los mismos apoyos que ahora sustentan el llamado “Gobierno de progreso”, llaman “el régimen del 78”, es decir, esa Constitución que han vulnerado y pretenden dinamitar por parte.
Pese a la controversia si puede encajar en la Constitución que no admite indultos generales una amnistía que es mucho más por sus efectos, conviene reflexionar sobre cuál sería su “interés general”, dado que es el peaje que los independentistas exigen a Pedro Sánchez para llevarlo de nuevo a la presidencia del Gobierno. Y en esa reflexión cabe preguntarse cómo se armaría una Ley orgánica, lo que parece obligatorio, dada la materia de citada disposición, y qué pasará en el Senado, donde la derecha tiene mayoría. Y tendrá que ser una ley orgánica, como todas las referidas de especial importancia para la nación, y que exigen amplio consenso y procedimiento, cuando, como en este caso, abordan la organización y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución y el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, entre otros.
Tuve en su día la suerte de entrevistar a Marcelino Camacho y que me hablara mucho de su papel en la defensa de la Amnistía de 1977. Defendida por la minoría comunista del Congreso, la ley debía ser una reparación de los encausados y condenados por el franquismo por sus actividades políticas. Pero tuvo otros efectos: la excarcelación primero de todos los presos de ETA, los Grapo y otros grupúsculos terroristas, dejando impunes 97 asesinatos. De ahí que haya voces que se preguntan si se otorga una nueva amnistía puede beneficiar solamente a las causas derivadas del “procès” y que no alcance, ya puestos, a los presos de ETA (algunos autores de múltiples asesinatos, concentrados en las prisiones del País Vasco, con un benévolo régimen interno, como han denunciado las asociaciones de víctimas), sobre todo cuando Otegui ha insistido en que sacarlos a todos a la calle sigue siendo su objetivo.
¿Cómo se justifica la pretendida amnistía que ahora se baraja? Hay una histórica cita de Federico de Castro en sus estudios sobre Derecho español, donde afirma: “Nuestros legisladores trataron siempre de señalar el origen y el porqué de sus mandatos, y nuestro pueblo exige conocer la razón de su obediencia”, que recuerda Luis María Díez-Picazo, quien señala que en el Derecho español es notaria la tradición de que las leyes vayan precedidas de un preámbulo o exposición de motivos, que señala por qué esa Ley es necesaria. Y señala que “algunos de esos preámbulos, singularmente los de los textos clásicos de la codificación, constituyen sin duda piezas de literatura jurídica de primer orden y que “la función de los preámbulos radica en explicar la oportunidad política y los rasgos técnico-jurídicos de las leyes a que acompañan, constituyendo, por tanto, un valioso instrumento en manos de los juristas para profundizar en el conocimiento del Derecho”.
 Conviene recordar, que entre otros hechos graves que quedarían impunes destacan los episodios del llamado Tsunami Democràtic: el colapso del aeropuerto del Pray y el corte de la autopista A7, tras la sentencia del procès. Y el juez instructor entendió que los encausados cometieron un delito de "terrorismo", al atacar estructuras fundamentales del Estado.  El fiscal consideró que los hechos habrían encajado en el delito de sedición, pero como Sánchez quitó el delito del Código Penal, como le exigían sus socios de ERC, tendrían que juzgarse, sostienen, como desórdenes públicos agravados
Claro que, si se armó la concesión de los indultos, la reforma a la carta del Código Penal, como exigieron los consocios de Sánchez, ¿qué problema van a tener para justificar una amnistía como la que se pretenden? ¿Cómo justifican el interés general, cuando no surge como una necesidad del propio Estado, sino como el pago por los votos del independentismo? Claro que si hasta ahora no ha habido frenos morales para ahormar las leyes como le conviene a Sánchez, ¿vamos a andar ahora con escrúpulos en el mismo caso?

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