Opinión

El presidente andaluz, preterido en la final de la Copa del Rey

Me temo que el Gobierno de progreso del doctor Sánchez no tiene clara la diferencia entre “representación” y “sustitución” en actos sujetos a un determinado ceremonial y protocolo y la diferencia entre actos públicos oficiales y actos de otra naturaleza. Coincido, pues, con el punto de vista de otros expertos que se han pronunciado en el mismo sentido. El presidente de la Comunidad autónoma de Andalucía, José Manuel Moreno y primer representante del Estado en la comunidad, fue preterido y desplazado del lugar que le correspondía, a la derecha del jefe del Estado, en el palco del Estadio de la Cartuja en la presidencia de la final de la Copa del Rey, donde se vuelve a hacer una interpretación torticera del Real Decreto de Precedencias del Estado.

La final no es un acto oficial de Estado, sino un acto de una entidad civil particular. Pero asiste el jefe del Estado y el presidente de la Comunidad, que es precisamente, insisto el primer representante del Estado en la misma y una vicepresidenta del Gobierno que tendría la colocación que le correspondería por su rango, como ministra, en un acto público, de Estado, detrás del presidente de la Comunidad. Pero no es un acto oficial, por lo tanto, que por mucho que represente al presidente del Gobierno simbólicamente, eso no debería operar sobre el representante nato del Estado, luego del Rey, que sería el presidente de la Comunidad. Una cosa es la representación simbólica y otra la sustitución. En estos casos debería aplicarse el sentido común y la analogía. Que ostente simbólicamente la representación no necesariamente visible del presidente del Gobierno, es un acto de cortesía para envolver la disculpa de Sánchez. No lo sustituye propiamente, dada la naturaleza del acto. En consecuencia, el lugar que se otorga a la vicepresidenta debe ostentarlo el de la Comunidad, por respeto al sentido común. De nuevo se provoca una innecesaria polémica, como cuando en el poliministro Bolaños pretendió colarse en el palco de los actos del 2 de mayo, donde ya estaba la ministra de Defensa.

Según el Real Decreto 2099/83 de Precedencias del Estado, los actos a los que asisten autoridades y representaciones se clasifican en dos tipos: a) Actos de carácter general, que son todos aquellos que se organicen por la Corona, Gobierno o la Administración del Estado, Comunidades Autonómas o Corporaciones Locales, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos nacionales, de las autonomías, provinciales o locales. Y b) Actos de carácter especial, que son los organizados por determinadas instituciones, organismos o autoridades, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos propios del ámbito específico de sus respectivos servicios, funciones y actividades.

La final de la Copa del Rey no es “strictu sensu” un acto oficial, sino un acto deportivo de la sociedad civil, organizado por una entidad “Asociativa privada de utilidad pública·, regida por la Ley 10/90 de 15 de octubre del Deporte y por el Real Decreto 1835, de 20 de diciembre sobre Federaciones Deportivas españolas. En el citado Real Decreto de Precedencias, una ministra va detrás del presidente de la Comunidad donde tiene lugar el acto oficial. La representación que ostentaba la señora Montero no significa sustitución; es decir, que lleva con ella una representación de cortesía del presidente del Gobierno ausente, pero eso no le corresponde desplazar el presidente de la Comunidad como se ha hecho. Los invitados oficiales se deben colocar por analogía, y la ministra Montero debe ir en su sitio, como estaba Pilar Alegría, ministra de Deportes. Está claro lo que se pretendió y se hizo: negar su sitio al presidente de Andalucía.

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