Opinión

Room for rent

España carece de normativa legal unificada para regular la actividad de alquiler de pisos turísticos, que es tan variopinta como lo es su mapa autonómico, dado que son las autonomías quienes tienen las competencias sobre la materia. Esto no es necesariamente malo, dado que fomenta la competencia entre los gobiernos y son los ciudadanos los que, en último término, decidirán con su voto las políticas con las que prefieren organizar su convivencia y en qué comunidad autónoma prefieren establecerse. 
En unos casos, las obligaciones son diferentes si la vivienda se encuentra más de noventa días al año en alquiler, otras impiden compartir el portal o el ascensor con el resto de los vecinos, u obligan al arrendamiento de la vivienda completa y no por habitaciones. La querencia del burócrata por hiperegular y limitar el derecho de los individuos para celebrar libre y espontáneamente negocios con otros individuos, ha restringido el sector de tal manera que ha obligado a miles de ofertantes a situarse en la ilegalidad y a abandonar plataformas como “Air bnb”, concebida para facilitar la intermediación entre el propietario de una vivienda y su arrendatario temporal.
Por otra parte, nos encontramos de nuevo ante una situación de conflicto de intereses entre aquellos que ven amenazado su sector y atribuyen a la nueva economía colaborativa y los nuevos hábitos de consumo, la culpa de todos los males, en este caso, del incremento del precio de los alquileres, del bienestar de los vecinos o de la pérdida de identidad de los recintos históricos; cuestiones, todas ellas, no exentas de importancia, pero que deben tratarse en su ámbito específico y no intentando, de facto, prohibir de manera generalizada una actividad que permite, a miles de familias, complementar su economía con ingresos adicionales y, a las ciudades, aumentar su capacidad de alojamiento en momentos del año de máxima ocupación hotelera.
Los gobiernos de Ada Colau en Barcelona y de Manuela Carmena en Madrid cerraron miles de pisos y multaron a sus propietarios, en una cruzada en contra de esta modalidad de arrendamiento que como todo modelo económico disruptivo e innovador, ha superado totalmente al aparato burócrata de la administración que, desde el principio, no fue capaz de otra cosa que de dar bandazos sin otro sentido que intentar estrangularlo normativamente. Recientemente, la Xunta de Galicia ha abierto expedientes sancionadores a propietarios de alojamientos de uso turístico por alquilar habitaciones en viviendas en las que residen, dado que el reglamento que regula la actividad no recoge el arrendamiento por habitaciones, limitándolo a la "cesión de la totalidad" del inmueble.
La reciente y a la vez animosa sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo del pasado 21 de octubre tumba la pretensión del gobierno gallego de entorpecer las fórmulas de la nueva economía colaborativa y elimina el veto al alquiler habitacional, tal como exigían los propietarios de los pisos, que piden la aplicación express de la sentencia del Alto Tribunal.

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