Opinión

Otra vez con Julen

Nada más triste me pone que hablar sobre este asunto. Si personalmente pudiera hacer algo provechoso, sin duda lo haría. No me alejaría un segundo del agujero que se comió al pequeño Julen, como si haciéndolo, pudiera consolar y dar calor a su desdicha, tal como lo haría por mi propio hijo. 
Hace tiempo que descubrí que tener un hijo cambia por completo la vida; no sólo nuestra forma de vivirla, sino la forma de entenderla. Un aluvión de sentimientos de fuerza sobrenatural se apodera sin misericordia de nuestras conciencias para ya nunca abandonarnos. Es por esta razón, por la que ver las noticias e imágenes del rescate de Julen me desgarra de tal forma el alma que me disuade de continuar haciéndolo. Ojalá que cuando se lean estas líneas se haya obrado el milagro de encontrarlo con vida. Lo que sí he visto es el despliegue de medios que han seguido la noticia, de evidente interés informativo. Pero también he visto la manera en la rapiña mediática ha convertido de nuevo esta noticia en un festín de captación de audiencias.
La Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen persigue tanto civilmente como penalmente “la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos”, haciendo referencia, esta salvedad,  a un interés histórico, científico o cultural relevante.
Pues bien, los que defendemos la propiedad privada como pilar esencial de nuestro modelo de sociedad hemos de revelarnos ante hechos tan repugnantes como el de la impunidad de quienes, valiéndose de argumentos espurios, utilizan la propiedad más íntima de los demás en beneficio y provecho propio. Este debate ya lo he mantenido en varias ocasiones con mis buenos amigos periodistas, quienes, con buenos argumentos, defienden que la información periodística ha de primar sobre la intimidad de las personas. Y yo digo que sí, que lo comparto. Por eso la ley antes citada excusa del derecho a las imágenes de personas que ejerzan un cargo público o profesión de notoriedad se capten durante un acto público o en lugares abiertos al público o que esa información gráfica lo sea sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Hasta ahí bien, pero carece de toda excusa traspasar el umbral de lo informativo y del servicio público para regocijarse en el morbo y sufrimiento de sus familiares. No les han dado expreso consentimiento. Déjenlos en paz.

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