Opinión

Un motor económico llamado impuesto de sociedades

Periódicamente, la Tax Foundation de Estados Unidos elabora un informe denominado Índice de Competitividad Fiscal que evalúa la estructura impositiva de los distintos sistemas tributarios de la OCDE. La primera conclusión del Instituto de Estudios Económicos (que divulga el estudio en España) en su resumen ejecutivo, se refiere a las carencias que presenta el modelo español, que se traducen en un “menor atractivo fiscal”, que revierte en peores datos de crecimiento e inversión.
Ante el panorama de desaceleración que presenta la economía española, la primera reforma urgente que aconseja es la reforma del impuesto de sociedades, cuyo tipo de gravamen medio (25%) supera los promedios observados no solo en la OCDE (23,6%), sino también en la Unión Europea (22,5%) o en el conjunto de las economías del mundo (21,4%). Advierte, además, sobre lo farragoso de su gestión y los numerosos costes que conlleva su correcto cumplimiento. Panorama que parece no estimular, precisamente, los incentivos de inversión interna ni externa en nuestra economía. 
Para que no significara tal entorpecimiento a la inversión y al desarrollo del tejido productivo, las posibilidades de reforma de este impuesto, por tanto, no pasarían exclusivamente por la reducción de su tipo marginal. Veamos algunos ejemplos:
El impuesto de sociedades es un impuesto directo que grava los beneficios empresariales. Permite reducir de su base imponible la amortización anual de la inversión en maquinaria, edificios, etcétera, pero estableciendo estrictos límites a la cuantía o el momento en el que se pueda aplicar tal reducción, por lo que no es posible minorar de tal base imponible el total de coste de las inversiones. Existen países cuyo modelo tributario exime de tributar por aquellos beneficios destinados a la inversión y pagan impuestos, exclusivamente, por los distribuidos a socios y accionistas.
Cuando a un gobierno le interesa que las inversiones se dirijan a un sector en concreto, lo que hace es establecer un incentivo fiscal en el impuesto de sociedades que las estimulen. En lugar de eliminar del impuesto al 100% de las inversiones, las gravan en su totalidad para luego bajarlas selectivamente a donde les interesen, independientemente de si tienen sentido económico o no. Lo que sí tendría sentido, pues, sería eliminar todos los incentivos fiscales a determinadas inversiones y eximir del impuesto de sociedades a la totalidad.
Casi todos los modelos contemplan la posibilidad de compensar las pérdidas que se hayan obtenido en un ejercicio con otro en el que se hayan producido ganancias, ya que el saldo en el conjunto de esos dos años (si las cantidades resultaran idénticas), sería nulo. En España se permite compensar pérdidas presentes contra ganancias futuras, pero hay países que también permiten hacerlo contra ganancias pasadas.
 

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