Opinión

BOE–Boletín Oficial del Estado

El 16 de junio, 2016, los ciudadanos del Reino Unido votaron en un referéndum nefasto la opción de quedar o marcharse de la Unión Europea con el resultado de 52% a favor ir y 48% en contra. Después de 3 años de una verdadera maratón, que le gana a la plétora de carreras que hay durante el año en la Cidade Fermosa, de negociaciones que no han llegado a ningún lado se pone en efecto la salida a las doce de la noche este domingo 31 de marzo (salvo una pequeña prorroga hasta mayo). Por ahora, a los españoles y al resto de los residentes extranjeros incluidos los ciudadanos de los restantes 26 países de la Unión Europea no les afectara para nada salvo si quieren viajar por las razones que sean a la Gran Bretaña de su majestad la Reina Isabel II, Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte. 
Pero para nosotros los británicos, que hemos estado en vilo durante estos tres años comienza una pesadilla porque perderemos todos los derechos que tienen todos los 500 millones de europeos desde que se estableció el gran proyecto de la Unión Europea que ha traído tantos beneficios estas últimas décadas incluido el siglo XXI con el establecimiento de la zona schenguen y el uso de una moneda única que es el Euro. No sé cuántos españoles de a pie saben de algunos privilegios que no tienen otros extranjeros, por ejemplo, votar en las elecciones municipales y europeas, ser militante de un partido político incluido presentarse en las listas de los candidatos a los ayuntamientos y muy importante, estudiar oposiciones y examinarse para puestos en las administraciones públicas. Si delecto/a leyente/a tanto franceses como alemanes y el resto de los de la Unión Europea que residen legalmente en España tienen estos derechos. ¡Y ahora nos lo van a quitar a los británicos! Pero sigamos con los cambios después del Brexit. 
Si el Reino Unido se pone duro con los europeos residentes en ese país es natural que ocurrirá lo mismo con los británicos en Europa. ¿Qué quiere decir esto? Lo más importante es la derogación del ‘libre movimiento de personas’ que conlleva un sinfín de privilegios que salen volando por la ventana. Comencemos con viajar a los países vecinos como Portugal y Francia. Como turista, ningún problema. Siempre existió lo de 90 días. ¡Ah! Pero lo de buscar trabajo hasta luego Lucas. Ahora habrá que tener un contrato de trabajo único, nada de cambiar de empresa u oficio. Luego será solo para el país de la residencia legal. O sea, que un abogado o ingeniero para dar ejemplos no podrá ejercer fuera de las fronteras como sería el caso de vivir en Vigo con trabajo en Oporto. Pasemos a lo de la sanidad pública. Los británicos que están trabajando y contribuyen a la Seguridad Social no tienen problemas, pero los jubilados con pensiones del extranjero, como es el caso de más de unos 100000 británicos perderán el acceso a la sanidad pública española y tendrán que contratar un seguro privado o solicitar contribuir a la española ya que el acuerdo reciproco con el Reino Unido se habrá esfumado. ¿Problema? ¡Los medicamentos! No habrá descuento para los mayores de 65 años. 
Ahora viene la parte legal. Los ciudadanos de la Unión Europea poseen un carnet de identidad y pueden viajar con este documento sin sacar un pasaporte. Los británicos no porque nunca tuvieron un DNI. Soy un ejemplo y aunque tenga un numero de identidad (NIE) legalmente, aun hoy debo llevar el pasaporte a todos lados. El actual gobierno ha publicado con detalle en el BOE lo que nos espera pasado mañana.

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