Opinión

La psicología forense determinó hace tiempo que hay delincuentes irrecuperables

De cuantas manifestaciones se han realizado estos días contra la prisión permanente revisable es, a mi entender, la de mayor rigor y solvencia la escrita por el Doctor Juan Antonio Lascuraín Sánchez., catedrático de Derecho Penal (UAM), a la que se han sumado un centenar de catedráticos de la misma materia de diversas universidades españolas que señalan que esa forma de prisión debe ser derogada porque no va a evitar que se comenten los delitos más graves a que se refiere. Es evidente que, como ocurre con los dictámenes jurídicos, donde es frecuente la fórmula “salvo opinión mejor fundada” que, desde otra perspectiva se podría argumentar en sentido contrario, como denota la propia experiencia de los razonamientos de las sentencias en todos los ámbitos, donde jueces expertos discrepan o formulan votos particulares sobre un mismo caso.
Se podría trasladar el análisis a otros ámbitos: el de las emociones y la alarma social que generan determinados delitos y las circunstancias que concurren en sus autores y, lo que es más importante, el de la psicología forense, que concluye que determinados delincuentes son irrecuperables, y que, incluso comportándose en prisión de modo ejemplar, vuelven a delinquir, una vez en la calle, como sucedió con los violadores liberados gracias a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra España que anuló los efectos de la llamada “Doctrina Parot”. Y está el ámbito del sentido común, que revela que pese a que la Constitución diga que la función de la pena es resocializar al penado, ese efecto se produce en muy determinados casos y no precisamente en lo que se refiere a los delitos especialmente graves.
En el ámbito de las emociones, es compresible que especialmente doloroso para los familiares de las víctimas que sufrieron la muerte a manos de estos sujetos, con frecuencia de modo cruel y desproporcionado al propio fin de sus acciones. Y en este sentido, las campañas que algunas de estas personas vienen llevando a cabo busca, en gran medida, el consuelo de saber que los que destrozan sus vidas van a estar en un lugar donde no podrán causar a los otros daños como el que ellas mismas sufrieron.
El psicólogo forense Cristián Araos Diaz dice que no es lo mismo cometer un delito que ser un delincuente. Un empleado de banca o un contable de empresa pueden tener un mal momento, pero no son propiamente delincuentes o criminales. La gravedad que separa delitos de crímenes, se determina por el tipo de pena que conlleva tal o cual infracción de ley (hecho conductual antijurídico). A su vez, la gravedad de la pena debe depender de la valoración del daño para la víctima, valoración del daño para la sociedad, tipo de pena aplicable en su caso, según la tipificación prevista y duración de la misma, medidas cautelares, beneficios o efectos civiles, en ambos casos.    El autor citado establece tres categorías de delincuentes, (Circunstancial. Instrumental y Expresiva) en función de estas variantes: Comportamiento observable, motivaciones, peligrosidad, imputabilidad, probabilidad de reincidencia, necesidad de encarcelamiento, nivel de consciencia (de sus actos), versatilidad, especificidad, control, victimología y predicción
La primera categoría o tipo de delincuencia es la comisión de delitos o crímenes por parte de personas comunes y corrientes, que de la noche a la mañana se ven envueltos en hechos delictivos determinados por el contexto y las circunstancias. Sostiene este autor que la delincuencia instrumental es la expresión delictual más común y en ella inscribe a los delincuentes crónicos, de carrera u oficio cuya “forma de ser” en sociedad no concibe en su rutina el respeto los parámetros que fija la ley. 
Por último, la delincuencia expresiva corresponde a una categoría de delitos o crímenes determinados por disfunciones psicopatológicas, por tanto su estricta atribución es individual. Esta categoría se reconoce cuando quien al momento de cometer el delito o crimen incurre en la exageración o desproporción irracional entre la forma delictiva y el logro de objetivos. Y aquí caben los asesinos y agresores sexuales (violadores), los que ejercen la violencia contra la mujer con resultado de muerte y los terroristas y curiosamente grandes estafadores, de especial inteligencia.
Araos concluye que es preciso que la sociedad delimite de modo adecuado que no toda la delincuencia es igual no requiere el mismo tratamiento a la hora de establecer las políticas criminales que exige cada caso.
¿Qué hace la prisión permanente revisable?  Prever justamente eso y aplicarla únicamente en los asesinatos más graves, concretada en ocho supuestos perfectamente definidos. Y es ahí donde encajan precisamente los más reciente crímenes que han conmovido a la sociedad española. En  resumen: que no todos los delincuentes pueden ser tratados igual por la sociedad, según en función de su propia tipología y del daño que han causado y pueden, en su caso, volver a causar.

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