Opinión

La Memoria Democrática y la amnistía

Vistas las declaraciones que se vienen haciendo por parte del Gobierno en torno al contenido de la futura “Ley de la Memoria Democrática” y sus efectos, que vendrá a sustituir a la llamada “Ley de Memoria histórica” cabe preguntarse qué efectos va a tener, si llega a tenerlos, sobre la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, ampliada el 12 de enero de 1984. Visto los antecedentes de colisiones anteriores, parece inevitable el choque de criterios en el ámbito jurídico sobre el alcance mismo de la amnistía. Esta Ley fue la pieza vertebradora del proceso de la “transición” y una herramienta de enorme alcance en orden a la superación de la guerra civil y el enfrentamiento entre los españoles. 

La Ley de Amnistía de 1977 se aplicó a todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis y a todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis y el quince de junio de mil novecientos setenta y siete, cuando en la intencionalidad política se apreciara,

En los últimos tiempos Podemos e Izquierda Unida abanderan una campaña contra la amnistía por entender que había venido a dar cobertura de impunidad de los crímenes del franquismo. No deja de ser curioso que aquélla fuera alabada en sus fines por el propio Marcelino Camacho, quien el 14 de octubre de 1977 así se expresaba en la tribuna del Congreso como portavoz del PCE: "Como reparación de injusticias cometidas a lo largo de estos cuarenta años de dictadura, la amnistía es una política nacional y democrática, la única consecuente que puede cerrar ese pasado de guerras civiles y de cruzadas. Nosotros, precisamente, los comunistas, que tantas heridas tenemos, que tanto hemos sufrido, hemos enterrado nuestros muertos y nuestros rencores. Nosotros estamos resueltos a marchar hacia adelante en esa vía de la libertad, en esa vía de la paz y del progreso".

Frente a quienes sostuvieron que la amnistía se hizo a la medida de los crímenes de la dictadura, el propio diario “El País”, publicaba que 14 de octubre de 1977 (día de la votación de la Ley en el Congreso de los Diputados): “Ochenta y nueve presos políticos se encuentran en las cárceles esperando la amnistía. De esta cifra, 53 presos son miembros de los GRAPO, veintitrés de ETA, doce del FRAP, nueve del Partido Comunista de España -Internacional- (PCE1), cuatro del Front d’ AIIiberament Catalá (FAC) y dieciséis anarquistas (algunos de ellos, miembros de CNT)”. Todos los cuales fueron puestos en libertad, con el agravante de que alguno de los de ETA volverían a cometer asesinatos.

Los medios afines al actual Gobierno consideran que la nueva Ley de la Memoria Democrática será una de las normas más simbólicas de la legislatura, y que será como el epílogo de la exhumación de Francisco Franco, culminada el pasado 24 de octubre.  Se prevé declarar "nulos de pleno derecho" los juicios franquistas, transformar el Valle de los Caídos un cementerio civil. Carmen Calvo indica que la nueva Ley incorpora los mandatos de la ONU y del Parlamento Europeo, y también del Congreso, y las recomendaciones que el relator especial de Naciones Unidas Pablo de Greiff hizo sobre España en 2014. Es precisamente la opinión de este relator lo que hace que el gobierno asuma que la represión en cada bando no puede estimarse simétrica. Es decir, que los paseos llevados a cabo por las brigadas del amanecer o los asesinatos en las “chekas” no son lo mismo que lo paseos en la retaguardia o los consejos de guerra del franquismo. 
Cabe recordar que, en su momento, la iniciativa del juez Baltasar Garzón fue desautorizada por el Tribunal Supremo por investigar delitos que estaban cubiertos la Ley de Amnistía, a petición de la Asociación de Víctimas del franquismo.  Ese fue otro de los argumentos del instructor del proceso, Luciano Varela, quien destacó la Ley de Amnistía fue promulgada con el "consenso total" de las Cortes Constituyentes y fue "consecuencia de una clara y patente reivindicación de las fuerzas políticas ideológicamente contrarias al franquismo Precisamente porque la transición fue voluntad del pueblo español articulada en una ley (la de Amnistía) es por lo que ningún juez o tribunal, en modo alguno, puede cuestionar la legitimidad de tal proceso. Se trata de una ley vigente cuya eventual derogación correspondería en exclusiva al Parlamento". 

La amnistía no sólo anula la pena, sino que deja de considerarse culpable al condenado, se le exime de cualquier culpa y desaparecen por lo tanto las responsabilidades y los antecedentes penales. La amnistía se basa en el olvido y se dirige a todo un colectivo, a toda una causa. Según el Profesor León Duguit: "La amnistía tiene por efecto el considerar retroactivamente como no punible un hecho previsto y castigado por la ley penal". La amnistía de 1977 se propuso abrir el camino empezar sin rencores una nueva era democrática. La ley recibió el apoyo de la inmensa mayoría de grupos en el Congreso, con 296 votos a favor, 2 en contra y 18 abstenciones. el profesor Hernán Salgado Pesantes “la amnistía se justifica en aquellas situaciones críticas que vive un Estado, en un momento determinado que le sirven de fundamento”, como ocurría en la España de 1977 que quería abrir un nuevo periódico en la historia de España que dejara atrás el pasado.

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