Opinión

El abogado del Estado, clave del pasteleo con los independentistas

Desde que el Gobierno de Mariano Rajoy decidió que la abogacía del Estado se inhibiera en el proceso contra la infanta Cristina en el “Caso Nóos”, pasando a integrarse en el núcleo de los defensores, los atónitos ciudadanos españoles no habíamos asistido al –no por menos esperado- pasteleo del Gobierno con respecto a un caso de tal gravedad como el de la secesión catalana. Pero moralmente es todavía peor, cuando la rebaja en la calificación de los hechos cometidos por los procesados es el contravalor para que sus conmilitones permitan que el actual presidente del Gobierno, instalado en la Moncloa con sus votos, pueda seguir por más tiempo donde lo pusieron quienes justamente quieren desmantelar el Estado, que Pedro Sánchez se supone que debe defender.
El abogado del Estado es un profesional del Derecho que tiene como función tasada prestar asistencia jurídica al Estado y a sus correspondientes organismos autónomos. Además, llevan a cabo la representación y defensa de los órganos constitucionales. Los abogados del Estado son el cuerpo jurídico de la Administración Pública, cuyas funciones establece el artículo 551.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es claro que la función que con prioridad atañe a un abogado del Estado son la defensa de la Constitución, de la Ley y del interés general del Estado. 
Cuando se celebre la vista oral del proceso asistiremos al nada edificante espectáculo de que mientras el fiscal, menos mal, mantiene que los justiciables incurrieron en un delito de rebelión, el abogado del Estado diga que la cosa no fue para tanto y se desdiga de su propio criterio inicial porque desde la Moncloa le han dicho que baje el tono, en orden a facilitar –como ya se ha anunciado- las previsibles medidas de gracia que forman parte del guión. Esa contradicción, según los fiscales, será negativa para el prestigio de España en el mundo.
Pero no podemos sorprendernos, porque nos avisaron con tiempo, y en el mismo orden han ido creando el ambiente necesario a su objetivo: contentar a los independentistas para que sigan apoyando a Sánchez, obviamente a cambio de que los efectos del proceso se diluyan sin responsabilidades finales para los políticos previos. Desde que la señora Cunillera, delegada del Gobierno en Cataluña, lanzó el globo sonda de que los presos tenían que estar en la calle y finalmente indultados, la hoja de ruta se ha cumplido inexorablemente, con los apoyos precisos para ir influyendo en la opinión pública. Y así, Pedro Sánchez, como tiene por costumbre, se desdecía de lo que afirmaba hace cinco meses, y afirmaba que ahora ya no veía la imputación de rebelión: “el Gobierno entiende que para que exista ese delito tendría que haber uso de armas”. 
Lo mejor ha sido la explicación posterior de que una cosa es lo que decía Sánchez antes de ser presidente del Gobierno y otra la que dice ahora, porque entonces no era presidente del Gobierno, según la vicepresidenta y portavoz. O sea, que lo que dice ahora con firmeza puede cambiar cuando ya no sea presidente o pase por la fase de candidato. 
De modo que, para la abogacía del Estado, como le manda el gobierno, el asunto se reduce a un delito de sedición, definido en el Código Penal como un alzamiento “tumultuario”. ¿Qué razones, aparte del peaje que Sánchez debe pagar para seguir en la Moncloa, se han producido para desdecirse del escrito presentado en agosto ante el Supremo, donde ahora el que rebaja se solicitaba la apertura de juicio oral por rebelión, malversación y desobediencia?
Pero, mentira tras mentira, tras la reunión del Gobierno para tratar el asunto se dice que se ha dejado al abogado del Estado “manos libres” para que proceda según su criterio. Ya vimos cuál era. Menos mal que, al menos la fiscalía mantendrá la calificación de rebelión, delito contenido en el artículo 472 del Código Penal que castiga a los que se alcen “violenta y públicamente” para una serie de fines, entre ellos, declarar la independencia de una parte del territorio nacional. Se atribuirá a los nueve procesados que están en prisión, aunque entre ellos la Fiscalía establecerá distintos niveles de responsabilidad.

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