Sociedad

Las víctimas de abusos podrán denunciarlos hasta los 30 años

Estudiantes de bachillerato en su retorno a las aulas escuchan las explicaciones de una profesora.
photo_camera Estudiantes de bachillerato en su retorno a las aulas escuchan las explicaciones de una profesora.
La Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia incluye la edad como causa de discriminación

nnn La ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia que aprobará el Gobierno el próximo martes incluye en los delitos de odio la edad como causa de discriminación, tanto sobre menores, como sobre mayores, y medidas de prevención de la radicalización en los jóvenes. Son algunas de las novedades que se recogen en el anteproyecto trasladado al Consejo de Ministros por la Vicepresidencia Segunda de Derechos Sociales y Agenda 2030, junto a los ministerios de Justicia e Interior, ya que incluye la reforma de más de una decena de leyes.
Las víctimas podrán denunciar los abusos sexuales hasta que cumplan los 30 años, y no hasta los 18 como ocurre ahora; los colegios tendrán normas claras sobre cómo actuar ante el acoso escolar, y la policía y los jueces formación para detectar y abordar las situaciones de maltrato infantil.
La ley, que también se conoce como ley Rhodes, se estructura en 58 artículos e incorpora una definición amplia de violencia, que abarca cualquier tipo de maltrato físico, psicológico y emocional, incluidos los castigos físicos o el trato negligente, y convierte a la infancia en un bien colectivo de especial protección, situando a los menores como titulares de derechos subjetivos. Con ella, se perseguirán nuevos delitos cometidos a través de internet, incorporando la incitación al suicidio, a cometer infracciones sexuales o la promoción de trastornos alimenticios.

difusión por internet
Así, la difusión a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de contenidos destinados a promover, fomentar o incitar al suicidio de menores o personas con discapacidad de especial protección será castigada con la pena de prisión de uno a cuatro años.
En la nueva regulación a los delitos de odio, incorpora la edad como causa de discriminación, incluyendo la aporofobia y la exclusión social dentro de estos tipos penales del Código Penal.
Se establece el deber de cualquier persona que advierta una situación de desprotección, riesgo o violencia sobre un menor a comunicarlo ante la autoridad competente, aun cuando no sea constitutiva de delito; un deber más exigente para los colectivos profesionales que tengan un contacto habitual con los niños.
La nueva legislación prevé la creación de un Registro Central de Información sobre la Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, y los centros de protección deberán contar con protocolos que contemplen específicamente actuaciones respecto a la trata de seres humanos, el abuso y la explotación sexual.
Podrá prohibirse la publicidad que provoque en los menores conductas violentas sobre sí mismas o sobre terceros o los que integren una serie de estereotipos de carácter sexista, racista, estético o de carácter homofóbico o transfóbico.
Se configura como obligatoria la imposición de la pena de privación de la patria potestad a los penados por homicidio o por asesinato cuando el autor y la víctima tuvieran en común un hijo y cuando la víctima fuera descendiente del autor.n

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