Galicia

Veto al alquiler de viviendas de uso turístico por habitaciones

Una pareja accede al portal de un edificio de pisos turísticos.
photo_camera Una pareja accede al portal de un edificio de pisos turísticos.
El Tribunal Supremo rectifica y avala el decreto de la Xunta que prohíbe ese tipo de contrataciones

n n n El Tribunal Supremo anuló finalmente su sentencia del pasado mes de octubre, en la que se invalidaban dos artículos del decreto de regulación de viviendas turísticas de Galicia, y avaló la prohibición establecida por la Administración gallega de que este tipo de establecimientos puedan alquilarse por habitaciones. Así lo informó ayer la Xunta en un comunicado, en el que precisan que el Ejecutivo gallego presentó en noviembre un "incidente de nulidad" al fallo, tras entender que se había "vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva", toda vez que la sentencia anulaba un artículo del decreto de viviendas turísticas que estaba contenido ya en la ley 7/2011.
Ahora, el alto tribunal estima estas reclamaciones y decide anular el fallo emitido, al tiempo que desestimó las alegaciones presentadas por la Abogacía del Estado.
La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) y la Administración del Estado recurrieron en su momento ante el Supremo el fallo dictado en febrero de 2018 por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que avalaba la decisión de la Xunta de prohibir alquilar por habitaciones sueltas las viviendas de uso turístico. El octubre de 2019, el TS estimó parcialmente sus reclamaciones e instó a que se anulasen los artículos 4.2 y el 5.1 de este decreto, que hacen referencia a que la cesión de viviendas turísticas y de viviendas de uso turístico "será de la totalidad de la vivienda, sin que se permita la cesión por estancias".
En esta ocasión, sin embargo, el alto tribunal acepta las alegaciones de la Xunta, por lo que decidió anular ese fallo. Esta decisión implica que tanto las viviendas turísticas como las viviendas de uso turístico deben siempre comercializarse por la totalidad de la vivienda y no por estancias, recuerda la Administración gallega.

recursos previos
La Xunta de Galicia abrió un total de 107 expedientes e interpuso un total de 31 sanciones de carácter grave a propietarios de viviendas de uso turístico desde 2017, año en el que entró en vigor el decreto que regula esta actividad turística en Galicia. Según informó el pasado viernes en una rueda de prensa la directora de la Agencia de Turismo de Galicia, Nava Castro, de los 107 expedientes abiertos, 43 se tramitaron por denuncias o reclamaciones de terceros y otros 64, de oficio; todos ellos por incumplir algunas de las medidas recogidas en la normativa, como operar sin estar inscritas en el Rexistro de Empresas e Actividades Turísticas de Galicia o no contar con la autorización turística.
Los incumplimientos graves de la normativa conllevan multas que varían entre los 900 y los 9.000 euros, precisó Castro, que considera que Galicia es un "referente" ya que la reducida cifra de expedientes en comparación con las 9.872 viviendas de uso turístico registradas en Galicia demuestra "la correcta convivencia" este modelo con el tradicional. Sin embargo, el conselleiro de Cultura y Turismo, Román Rodríguez avanzó que se intensificarán los controles de las viviendas de uso turístico tras la entrada en vigor el pasado 1 de enero de dos novedades en la regulación, con el objetivo de "favorecer la convivencia" y "disponer de datos reales de ocupación turística". n

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