Opinión

Tiros por lindes

Pues, dilecta leyente, la supongo informada del “sucedido” de ese octogenario de Begonte, actuando a lo Clint Eastwood contra unos vecinos, debido a diferencias por unos lindes de fincas.
Lo primero que a uno le viene a la cabeza es el caso de Puerto Hurraco, pero parece que aquí se quedó en el limitado “caso de Begonte” y eso nos tranquiliza, pues el juez no decretó ni medidas cautelares.
Lo segundo es el problema de los lindes, bien porque las dimensiones de la finca no están bien delimitadas en la escritura, bien porque el catastro no es exacto, ya que sólo tiene fines tributarios, lo que crea incertidumbre por el margen de error que conlleva, lo que le confiere poco valor probatorio. Por lo que lo fetén es rehacerlo con los procedimientos topográficos actuales  antes de que la relación con los vecinos se vuelva comatosa.
En cuanto a la calificación de los hechos por haber efectuado varios disparos con una pistola contra los vecinos, arma que, al parecer, no ha aparecido, surgen las dudas. En principio, teniendo en cuenta la benévola resolución judicial, parecería que estamos en presencia de la antigua falta, en que solo se pretendió asustar, sin ánimo de atentar contra la integridad física de nadie y, a continuación, guardando inmediatamente el arma, denota que renuncia a mantener la amenaza, producto tal vez del acaloramiento del momento.
Respecto al arma, de ser una pistola, como relata la crónica periodística, habrían aparecido los casquillos. lo que llevaría a comprobar si el octogenario tenía permiso de arma corta, algo improbable, por lo que podríamos encontrarnos ante una tenencia ilícita de armas. Otra cosa es que se tratase de un revólver, que al no ser hallado y dado que no arroja las vainas, la acusación por este delito sería más problemática.
Dado que ya va siendo bastante habitual la ancianidad de los autores de este tipo de delitos, junto con la violencia familiar, habría que ir pensando en la aplicación de nuevas medidas sancionadoras acordes con su edad, ya que el fin de la pena como rehabilitación y reinserción social ya no parece que proceda, ni el actual régimen penitenciario, en donde el trabajo es la estrella. Del mismo modo habría que replantearse la oportunidad de mantener vigente el privilegio legal para los mayores de 70 años, así como la creación de geriátricos penitenciarios. Entre los tipos de castigo a aplicar a estos viejetes estarían: La prohibición de hacer crucigramas, de aproximarse a las obras, la prohibición de jugar al tute y al bingo, de disfrutar de los viajes del IMSERSO, de participar en bailes regionales y, en los casos más graves, privación cautelar de las prótesis y el tacatá. 
 

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