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Ratifican la pena por rajar a un marinero danés

Imagen del juicio que se celebró en julio del año pasado en la sección quinta.
photo_camera Imagen del juicio que se celebró en julio del año pasado en la sección quinta.
El Supremo desestima el recurso del vigués, condenado a 8 años
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el vigués condenado a ocho años de cárcel por rajar la cara a un marinero danés para robarle el móvil.
Los hechos tuvieron lugar en diciembre de 2018 en la calle Marqués de Valladares. Según los hechos probados, el acusado abordó a la víctima, al que golpeó en la cara con un objeto cortante y le arrebató el móvil con el que se dio a la fuga.
Tras refugiarse en una cafetería, situada en la esquina de la calle Policarpo Sanz, fue detenido con posterioridad por efectivos del Cuerpo Nacional de Policía, recuperando el teléfono que estaba en su poder.
La víctima sufrió varios traumatismos en la cara y tuvo que ser sometido a dos cirugías, una estética y otra oftalmológica.
El acusado, que tenía antecedentes por otro robo con fuerza, fue condenado primero por la sección quinta de la Audiencia y posteriormente por el Tribunal Superior de Xustiza, que ratificó la pena. Sin embargo, apeló al Supremo alegando vulneración del derecho de defensa, la alteración de sus facultades por el consumo de alcohol y estupefacientes y error en la valoración de la prueba.
Para el alto tribunal la decisión del Tribunal Superior es acertada al entender que no se vulneraron derechos ni se produjo indefensión. Además, indica respecto a la ausencia de restos de sangre de la víctima en su ropa y la falta de identificación ni por el agredido ni por los testigos, que esas cuestiones ya fueron resueltas en apelación.
También rechaza la ilegalidad de las cámaras de vigilancia, al señalar que son cámaras de videovigilancia instaladas en la puerta del hotel por el dueño, que en ningún caso invade espacios o entornos privados por lo que no vulnera el derecho a la intimidad.

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