España

Quezada, culpable del crimen con alevosía de Gabriel Cruz

Ana Julia Quezada, única acusada por el asesinato del niño Gabriel Cruz
photo_camera Ana Julia Quezada, única acusada por el asesinato del niño Gabriel Cruz
La decisión del jurado posibilita que la juez pueda condenarla a prisión permanente revisable

El jurado popular declaró ayer a Ana Julia Quezada culpable del asesinato con alevosía del niño Gabriel Cruz, delito por el que la magistrada Alejandra Dodero, que presidió la vista que la juzgó desde el pasado 9 de septiembre, podrá condenarla a prisión permanente revisable como pedían las acusaciones. Las siete mujeres y dos hombres del jurado la declararon  también culpable por unanimidad, como en todos los puntos de su veredicto, de sendos delitos de lesiones psíquicas y otros tantos contra la integridad moral a Ángel Cruz y Patricia Ramírez, padres del menor muerto el 27 de febrero del 2018 en Níjar (Almería). Tras conocer el veredicto, la madre dijo que se ha conseguido "justicia" para su hijo y solicitó que "nunca más se hable de esta mujer porque esto será hacerle memoria a Gabriel".

Por su parte, el padre, que era pareja de la acusada en el momento de los hechos, manifestó que "hoy se le ha hecho justicia a Gabriel y que esa mujer no le va a hacer daño a nadie más en la vida. Hay que sacarla de la sociedad porque es un peligro. Hubiese seguido haciendo daño. Los psicópatas tienen que estar encerrados y lejos de la sociedad, donde no puedan hacerle daño a nadie".
Según el jurado, Quezada, Ángel y Gabriel Cruz se desplazaron el 23 de febrero del 2018 a una finca de la abuela paterna del menor en Las Hortichuelas Bajas, en Níjar. Cuatro días después Gabriel le dijo a su abuela y a la acusada que se iba a jugar con unos primos que vivían cerca. "La acusada, inmediatamente después de marcharse Gabriel de la vivienda, se subió a su vehículo e interceptó al niño, instándole a que le acompañara a la finca sita en Rodalquilar (Níjar) y ante la "confianza generada" por ésta al ser una "persona íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre, accedió a marcharse" con ella.
Una vez en la finca, ubicada en un "lugar alejado y deshabitado", cogió a Gabriel y lo lanzó contra el suelo o pared de la habitación, y tras el impacto del niño, "procedió la acusada, con sus propias manos a taparle la boca y la nariz con fuerza". Así "hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento" como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación, siendo consciente de su superioridad respecto del menor, por la diferencia de edad y complexión, quitándole la vida "voluntariamente", "de forma sorpresiva y repentina, sin posibilidad de defensa ni de reacción por parte del niño"
Sin embargo, descartan el ensañamiento o que golpease al niño con el palo de un hacha y lo golpease dejándolo aturdido hasta asfixiarlo, como mantenía la acusación particular, y descartando la atenuante de confesión que apreciaba la defensa.

lesiones psíquicas
Respecto a los delitos de lesiones psíquicas y contra la integridad moral, recuerdan que la búsqueda se prolongó durante once días, periodo durante el que Quezada "simulo encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa publica y notoria".
También apuntan que el 3 de marzo, con la intención de "distraer la atención en la búsqueda del niño y con la finalidad de dirigir las sospechas sobre su expareja", colocó una camiseta de Gabriel sobre unas matas en un cañaveral de un paraje apartado y de difícil acceso para "añadir más sufrimiento a los padres". n 

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