Opinión

Padres en apuros

Se equivocó la paloma”, escribía Rafael Alberti, y también se equivocó Gerardo Ruiz, dejando a su hijo de 10 años en la Comisaría para que se lo “educaran”. Es comprensible que esté hasta el gorro de su pequeño tirano, que hace de su capa un sayo, que no obedece ni a Margarita Robles con ropa de campaña, al que cada dos por tres lo expulsan del colegio y del que los profesionales dicen que padece el Síndrome del Emperador, o sea, lo que en términos de zoología aplicada denominaríamos instinto de “macho dominante”, requiriendo para él solo toda la atención y sumisión.
También es comprensible que considere a la policía la culpable de dicha situación, pues han sido los agentes los que le han ido a detener por supuesto maltrato (de cuya acusación se salvó gracias a los informes de psicólogos y de los profesores del colegio), y los que le han advertido seriamente que al chaval ni tocarle. Pero le aseguro que no es cosa de la “pasma”, sino de la Ley. Si acaso, se les podría acusar de no informarle de las “soluciones” que prevé el legislador, aunque, seguramente, basándose en la experiencia, no le hayan querido dar falsas esperanzas.
Efectivamente la Ley establece que ante la imposibilidad de ejercer la patria potestad puede acudir a los servicios de protección al menor de la Comunidad (hoy saturados por el incremento de agresiones de menores, inimputables, a sus progenitores) donde será tratado por especialistas, incluso con posibilidad de descargar sobre ellos la custodia. Pero, como el tratamiento no es obligatorio, el crío puede negarse y mandarlos a todos a freír huevos. Pero, por lo menos se salvará de la responsabilidad civil por las barrabasadas que haga el chico.
Mire, según la normativa vigente, el menor de 14 años tiene licencia para matar, así que no lo enfade mucho.
¡Ah! ¿que para qué está el Juzgado de Menores? Pues para intervenir cuando el chaval le corte el pescuezo cuando esté dormido, con o sin catana Pero repito, siempre que el chaval haya cumplido los catorce años. Hasta entonces tendrá que convivir con una bomba de relojería, como otros padres con hijos perturbados mentales, hasta que pase lo que pase y entonces se les pueda internar y “tratar”
Otra cosa era el denostado Tribunal Tutelar de Menores, que al menos tenía la ventaja de conocer tanto de las fechorías de los menores hasta los dieciséis años, como de las de los adultos contra los pequeños. Es decir, abarcaba las facultades de reforma y protección. Lo cual permitía al juez conocer mejor la trayectoria del chaval y aplicar la medida más idónea, que no era sólo la del internamiento, como, al parecer algunos creen, sino otras intermedias que iban dirigidas tanto a padres, como el cambio de custodia, como al propio menor,  desde la amonestación a la libertad vigilada, orientada a ayudar al menor en su rehabilitación. Claro que habría que hacer algunas reformas, pero nada impide que sea un mismo juez el que entienda tanto de los malos tratos a los menores, como de los menores a los adultos. Bastaría con tomar como base la Ley 4/1.992 de 5 de junio de reforma de dichos Tribunales, aplicable desde los doce años de edad, y perfectamente constitucional.
Sería pura demagogia acusar a los padres trabajadores del problema de no dedicar a sus hijos el tiempo necesario, del divorcio y por dejarlos en manos de terceros, muchas veces carentes de “autoritas” y “potestas”, pero ello sería olvidar el principio que ya regía en la “prehistoria” que implicaba a toda la tribu en la educación del menor. Es decir, que en dicha importante misión hay que tener en cuenta la concurrencia de factores endógenos y exógenos a los que no son ajenos los medios de comunicación, la falta de autoridad de los enseñantes y la tolerancia social. Lo cierto es que sin una disciplina afectiva y una corrección pedagógica, los menores van ampliando su dominio hasta que ya no los para ni el general Custer y su Séptimo de Caballería. 

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