Opinión

ERTE, y … Concurso de acreedores?

Desde que se decretó el estado de alarma, la palabra ERTE se ha convertido junto a coronavirus y pandemia en “trending topic”. Casi todos hemos oído hablar de ella, ¡hasta la Ministra de Trabajo!.

El Expediente de regulación temporal de empleo supone, a grandes rasgos, que las empresas pueden solicitar a la administración pública suspender de manera temporal el contrato de los trabajadores o reducirles su jornada. Durante esta suspensión, será la Seguridad Social la encargada de abonar a los trabajadores el 70% de su salario, sin que la empresa tenga que pagar durante el ERTE las cuotas de la seguridad Social. Siendo muy generosos y haciendo un esfuerzo comprensivo, esto fue que trató de explicarnos la Ministra en su memorable intervención.

¿Qué han hecho la mayoría de empresas que se encontraron de la noche a la mañana con una paralización casi absoluta de la actividad y con un miedo al contagio de sus empleados? Enviar a los trabajadores a sus casas y solicitar un Expediente Temporal de Regulación de Empleo.

Así, semanas después, los despachos de abogados estamos encontrando dos escenarios muy distintos:

En primer lugar, las empresas cuyos ERTES han resultado favorables. Estos dan cierto respiro a la empresa en cuanto al ahorro en el gasto laboral, pero no han solucionado la falta de liquidez de los trabajadores que todavía no han cobrado la prestación y sufren para hacer frente a sus gastos cotidianos.

En el polo opuesto están las pymes, que han visto rechazado el ERTE por la autoridad laboral y que se encuentran con la obligación de reincorporar a los trabajadores a un centro de trabajo cerrado o sin actividad, teniendo que abonar el 100% de la nómina a los empleados a los que se les suspendió el contrato y preparando una nueva solicitud de ERTE por causas objetivas; y todo ello con la actividad casi paralizada: “Hemos facturado 0 euros.

Mucho nos tememos que en cualquiera de las dos situaciones, y pese a las medidas adoptadas para minimizar el daño económico, lo que va a suceder es un aluvión de concursos de acreedores, sobre todo de autónomos, pequeñas y medianas empresas que cuentan con menor liquidez y mayor dificultad para hacer frente a todos sus pagos.

Llegados a este punto, el mejor consejo que podemos transmitir es, que las posibilidades de salvar la empresa a través de un concurso de acreedores pasan siempre por actuar rápido, anticipándose a la situación de insolvencia definitiva y solicitando el concurso con la antelación suficiente antes de que sea demasiado tarde.

Julio Dorado

Teder Abogados

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