Confirma los 11 años y 4 meses y prohibe comunicarse con la víctima
La batalla judicial por el conocido como intento de crimen de la maza, ocurrido en un hotel de Vigo en mayo de 2016, continúa. Tras una anulación de la vista, un nuevo juicio y una sentencia en primera instancia, el Tribunal Superior de Xustiza ha decidido ahora sobre el recurso que interpusieron defensa, Fiscalía y acusación particular.
El TSXG ratifica que hubo un intento de asesinato por parte de Carlos Inacio Pintos sobre su mujer, a la que golpeó con una maza de cantero en la cabeza y le mantiene los 11 años y 4 meses impuestos por la Audiencia, desestimando la solicitud de la Fiscalía que pedía aumentar la condena hasta los 12 años.
El ministerio público alegaba que atendiendo a la agravante de parentesco y a la violencia empleada debería ampliarse la pena, algo que a juicio del tribunal no procede pues considera los 11 años y 4 meses “proporcionados” con el delito.
También rechaza las intenciones de la defensa en contra del intento de asesinato y estima no obstante la solicitud de la acusación particular, que representa a la exmujer del acusado y que pedía además de una orden de alejamiento, una prohibición de comunicación durante 18 años. La sentencia todavía no es firme, ya que contra ella cabe recurso y el acusado, pese a las dos condenas, aún se encuentra en prisión provisional. Fue condenado por quebrantamiento a seis meses y la suspensión de esa pena también esta bajo recurso, por lo que un nuevo parón judicial por el covid podría agotar su estancia en prisión sin fallo firme.
El TSXG ratifica que hubo un intento de asesinato por parte de Carlos Inacio Pintos sobre su mujer, a la que golpeó con una maza de cantero en la cabeza y le mantiene los 11 años y 4 meses impuestos por la Audiencia, desestimando la solicitud de la Fiscalía que pedía aumentar la condena hasta los 12 años.
El ministerio público alegaba que atendiendo a la agravante de parentesco y a la violencia empleada debería ampliarse la pena, algo que a juicio del tribunal no procede pues considera los 11 años y 4 meses “proporcionados” con el delito.
También rechaza las intenciones de la defensa en contra del intento de asesinato y estima no obstante la solicitud de la acusación particular, que representa a la exmujer del acusado y que pedía además de una orden de alejamiento, una prohibición de comunicación durante 18 años. La sentencia todavía no es firme, ya que contra ella cabe recurso y el acusado, pese a las dos condenas, aún se encuentra en prisión provisional. Fue condenado por quebrantamiento a seis meses y la suspensión de esa pena también esta bajo recurso, por lo que un nuevo parón judicial por el covid podría agotar su estancia en prisión sin fallo firme.