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El acusado del crimen de Ana Enjamio alega indefensión

El acusado, en su traslado hace unas semanas, para la vista, que quedó aplazada.
photo_camera El acusado, en su traslado hace unas semanas, para la vista, que quedó aplazada.
La defensa considera que hubo vulneración de derechos  que anularían ciertas diligencias 
n n n  A falta de poco más de una semana para que dé comienzo el juicio con jurado contra el acusado de asesinar a  la joven ingeniera Ana Enjamio en diciembre de 2016 y tras haberse suspendido por un defecto en la elección del tribunal popular, la estrategia de su defensa, que pide la absolución,  podría mantenerse en la misma línea que en su último recurso ante el TSXG. 
 En el mencionado recurso, publicado recientemente pero que data del mes de junio, la defensa de César A.  alegaba vulneración de derechos fundamentales durante el proceso judicial solicitando, entre otras cosas, la nulidad de las diligencias fuera del plazo máximo de instrucción.
En concreto, argumentaba  que se había producido una vulneración del derecho a la intimidad domiciliaria por la entrada y registro realizado dos días después del crimen por agentes de la Policía en el domicilio del investigado así como del derecho a no declarar contra sí mismo y a un proceso con todas las garantías por la práctica del interrogatorio sin presencia del abogado, así como a sus padres, sin información de sus derechos.
La sala consideró la alegación “inviable” y señala que el registro realizado tuvo lugar “como consecuencia de una intervención urgente, por los servicios sanitarios y policiales, ante la noticia de un intento de suicidio que había tenido lugar en su domicilio” y en las diligencias se hace constar que “dicha entrada y registro tiene lugar con el consentimiento de los otros moradores de la citada vivienda, como son sus padres”. Añade que  éstos respondieron voluntariamente a las preguntas de los agentes y autorizaron la inspección del domicilio.
Sobre el interrogatorio al acusado, efectuado el día anterior por un funcionario policial en Comisaría, la sala incide en que fueron unas declaraciones “prestadas de forma espontánea, compareciendo voluntariamente en sede policial y cuando aún no había ostentado la posición de investigado, sin que la misma implique confesión alguna”. Dicha declaración se produjo en las primeras horas de la investigación, cuando sólo se había practicado la inspección ocular del portal de la avenida de Madrid donde había sido encontrado el cuerpo acuchillado de la que fuera su expareja. 
La defensa también solicitó la nulidad e inutilidad probatoria de determinadas imágenes no aportadas al proceso a través de la autoridad judicial. Se trata de las grabaciones de las cámaras de seguridad de una gasolinera que forman parte del sistema de viodeovigilancia  y las fotografías obtenidas por los testigos que asistieron a la cena de Navidad previa al crimen a la que asistió el acusado. En este sentido, el fallo alude a la  acusación particular que sostiene que la defensa no cuestionó la autenticidad de las imágenes.n

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